Decreto N° 1706/07

FirmantesTelerman-Beros
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición23 de Noviembre de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1706/ 07

Se deja sin efecto la clÁusula sexta de los contratos de locaciÓn de servicios vigentes a la fecha. Se deroga el art. 6° del Decreto N° 2.227/06. Se aprueba nuevo modelo de contrato de locaciÓn de servicios

Buenos Aires, 23/11/2007

Visto el Decreto N° 2.227/06 (B.O. N° 2594), la Declaración N° 90/07 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Expediente N° 38.148/07, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 6° del citado decreto se aprobó el modelo de contrato para las locaciones de servicios que se celebran en el ámbito de esta Administración;

Que por la declaración referida, la Legislatura de la Ciudad insta al Poder Ejecutivo a suprimir la cláusula sexta de los contratos de locación de servicios suscriptos en dicho marco;

Que dicha cláusula establece que, sin perjuicio de la fecha de vencimiento establecida en el contrato, la relación queda rescindida a partir de la fecha en que cese en sus funciones el titular del Área donde el locador presta sus servicios;

Que se entiende conducente hacer lugar a lo peticionado por el cuerpo legislativo y, al mismo tiempo, modificar el modelo de contrato que para el futuro se utilice bajo el mencionado régimen locativo;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Déjase sin efecto la cláusula sexta de cada uno de los contratos de locación de servicios vigentes a la fecha, celebrados con personas físicas por funcionarios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°

Derógase el artículo 6° del Decreto N° 2.227/06.

Artículo 3°

Apruébase el nuevo modelo de contrato bajo el régimen de locación de servicios, el que como Anexo se adjunta al presente y, como tal, forma parte integrante del mismo.

Artículo 4°

El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda.

Artículo 5°

Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la...

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