Decreto N° 1557/07
Firmantes | Telerman-De Micheli-Beros |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 2 de Noviembre de 2007 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1557/ 07
SE APRUEBA ACTA ACUERDO CELEBRADA ENTRE EL MINISTRO DE SALUD Y SERVIR'CSA - REDETERMINACIÓN DE PRECIOS - SERVICIO DE ELABORACIÓN DE COMIDAS - HOSPITALES
Buenos Aires, 02/11/2007
Visto el Expediente N° 35.693/07 e incorporado, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita el pedido de readecuación de precios del servicio de elaboración y distribución de comidas sin provisión de víveres, en los Hospitales de Oftamología Santa Lucía, de Gastroenterología Dr. Carlos Bonorino Udaondo y de Infecciosas Dr. Francisco Javier Muñiz y Pabellón Koch, dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, efectuado por la empresa Servir'C S.A.;
Que por Decreto N° 1.834/04 (B.O.C.B.A. N° 2050), se aprobó el pliego de bases y condiciones elaborado por la Comisión de estudios de pliegos y condiciones especialesta regir en la contratación del servicio de elaboración y distribución de comidas sin provisión de víveres, destinado a la población hospitalaria y personal autorizado de hospitales, dependientes del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y autorizó a la Dirección General de Compras y Contrataciones a efectuar el pertinente llamado a licitación pública;
Que por Resolución Conjunta N° 1.515-SS-SHyF/05 (B.O.C.B.A. N° 2248) se aprobó la Licitación Pública N° 193/04 y se adjudicó el servicio en cuestión;
Que mediante la citada licitación, la empresa Servir'C S.A. resultó adjuditaria de la provisión del servicio de elaboración y distribución de comidas sin provisión de víveres en Hospitales de Oftamología Santa Lucía, de Gastroenterología Dr. Carlos Bonorino Udaondo y de Infecciosas Dr. Francisco Javier Muñiz y en el Pabellón Koch, dependiente del Ministerio de Salud;
Que por acta acuerdo celebrada el 8 de agosto de 2006 entre el señor Ministro de Salud, en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la citada empresa, ambas partes acordaron los porcentajes de incremento reconocidos por el período comprendido entre el 1°/9/05 y el 31/1/06 y los aplicables desde el 1°/2/06 en adelante, la que fue ratificada por Decreto N° 2.336/06 (B.O.C.B.A. N° 2603);
Que con fecha 9 de mayo de 2007, mediante Registro N° 6.544-MSGC/07, la empresa prestataria manifiesta la existencia de nuevas distorciones económicas operadas desde la fecha en que fuera autorizado...
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