Decreto N° 1538/07

FirmantesTelerman-Clement
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 2 de Noviembre de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1538/ 07

SE RATIFICA LA RESOLUCIÓN N° 644-ME-07 - INSTITUTO FÉLIX BERNASCONI - DE 6 - ESCUELA 30 - DE 9 - APROBACIÓN - PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL - CENTRO DE NATACIÓN - 3 - 2

Buenos Aires, 02/11/2007

Visto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Decreto N° 1.550/97 (B.O.C.B.A. N° 310), la Resolución N° 644-ME/07 y el Expediente N° 45.026/07, y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones obra la copia certificada de la Resolución N° 644 de fecha 16 de marzo de 2007 emitida por el Ministerio de Educación, mediante la cual se crean los Centros de Natación N° 2 y N° 3, y se aprueban sus Plantas Orgánico Funcionales;

Que el acto administrativo citado fue emitido ad referéndum de la superioridad jerárquica, lo cual implica que sea necesaria una manifestación de voluntad ratificatoria del acto del inferior, para que éste sea válido y plenamente eficaz;

Que en este sentido, el art. 19, inc. a), de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece que El acto administrativo anulable puede ser saneado mediante: a) Ratificación por el órgano superior, cuando el acto hubiere sido emitido con incompetencia en razón de grado y siempre que la avocación, delegación o sustitución fueren procedentes;

Que este Gobierno asegura la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo;

Que el objeto de la Resolución N° 644/07 del Ministerio de Educación, se integra en las atribuciones y facultades detalladas del Jefe de Gobierno, por lo cual, reunidos los requisitos establecidos en el art. 19, inc. a), de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires anteriormente citado, corresponde el dictado de la presente medida ratificatoria del acto del inferior, a los fines de dotar al mismo de plena eficacia;

Que la Procuración General ha tomado la intervención de su competencia en los términos de la Ley N° 1.218;

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE...

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