Decreto N° 1482/07

FirmantesTelerman-Schiavi
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición18 de Octubre de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1482/ 07

OTORGA AUTORIZACIÓN PRECARIA A METROVÍAS SA PARA LA PRESTACIÓN TRANSITORIA DEL SERVICIO SUBTERRÁNEO DE LA LÍNEA H

Buenos Aires, 18/10/2007

Visto las Leyes N° 317 y N° 670 y el Expediente N° 79.361/06, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 317, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires autorizó al Poder Ejecutivo a construir las obras civiles correspondientes a la Línea H de Subterráneos, entre Nueva Pompeya y Retiro, en cuatro sectores o tramos, Sector A): Nueva Pompeya - Parque Patricios; Sector B) Parque Patricios - Plaza Once; Sector C) Plaza Once - Plaza Francia y, Sector D) Plaza Francia - Retiro;

Que acorde el resultado de las audiencias públicas realizadas para la ejecución de dichas obras, y en base a las necesidades y prioridades definidas, la construcción de la Línea H comenzó por su tramo sur, el cual se encuentra en avanzado estado de ejecución y con posibilidades de ser habilitado parcialmente para la operación de los servicios entre las Estaciones Once-Caseros en el curso del año 2007, conforme resulta del informe técnico obrante en el expediente citado;

Que atento la necesidad del servicio de transporte de pasajeros a nivel subterráneo en la zona sur, se impone poner en funcionamiento de manera provisoria el tramo construido;

Que asimismo, dicha situación permitirá verificar en forma fehaciente el comportamiento de la demanda real, las contribuciones de los modos complementarios, los costos del servicio, entre otros, al momento de la puesta en funcionamiento de la totalidad de las nuevas líneas que han sido encaradas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires conforme las Leyes N° 317 y N° 670;

Que, asimismo, cabe destacar que conforme surge del informe técnico de SBASE suscripto por el entonces Director, Ing. Juan Pablo Martínez, de fecha 20 de septiembre de 2005 y nota 387/07 de SBASE suscripta por su Presidente, Cdor. Edgardo Kutner, de fecha 8 de mayo de 2007, se analizó como primer alternativa de prestación del servicio, la posibilidad que el mismo sea asumido en forma directa por Administración a través de la sociedad SBASE, destacándose que ello fue considerado económica y técnicamente inconveniente, en tanto expresa la nota citada en segundo término: ...la empresa no opera las líneas desde hace más de trece (13) años existen funciones que hoy ya no están en la estructura de SBASE como las de tráfico, boleterías, administración de la recaudación, mantenimiento de infraestructura y material rodante, que requieren personal especializado que debería incorporarse y entrenarse al efecto, con el tiempo y esfuerzo en recursos económicos y administrativos que ello demandaría, lo cual no se compadece con la organización actual de SBASE…;

Que desde el punto de vista técnico, la operación provisional de la Línea H, en lo inmediato, sólo podría ser encarada por el concesionario actual de la red, único que cuenta en su organización con los bienes, instalaciones y equipos necesarios para su prestación;

Que por otra parte, la empresa Metrovias S.A. manifestó su interés en prestar el servicio de la línea de referencia a los fines de atender correctamente la demanda que se estima verificará el sector;

Que en virtud de ello, la empresa SBASE conformó un equipo de trabajo con la mencionada concesionaria a los fines de estimar los alcances de una posible prestación del servicio con carácter provisorio hasta tanto se cumplimenten los condicionamientos previstos en la Ley N° 670;

Que ese trabajo ha sido volcado en los términos de referencia para la prestación del servicio que la empresa Metrovias S.A. ha suscripto y que forma parte del presente como Anexo A;

Que tal solución, no sólo se presenta como necesaria en esta etapa de operación provisoria, sino como conveniente por las ventajas que ello representa en lo inmediato, las que se encuentran razonablemente justificadas desde el punto de vista técnico operativo como del interés público, no sólo atendiendo a la necesidad de recurrir a la capacidad de utilización del parque, sino también, a la economía de costos que implicaría el aprovechamiento de su organización; una mejor solución a los inconvenientes de intercambio de pasajeros y clearing para la asignación a las...

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