Decreto N° 1460/07
Firmantes | Telerman-Bovero-Beros |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 16 de Octubre de 2007 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1460/ 07
Bernardo Taboada: se desestima recurso jerÁrquico contra el Informe N° 5.432-DGRH/04
Buenos Aires, 16/10/2007
Visto el Expediente N° 77.214/03, y
CONSIDERANDO:
Que mediante dichas actuaciones el agente Bernardo Taboada, Ficha N° 227.756, impugna la decisión de la Dirección de Liquidación de Haberes recaída en el Informe N° 5.432-DGRH/04 de fecha 21 de mayo de 2004;
Que la presentación referida controvierte un informe del área indicada, respecto de lo cual el art. 99 del Régimen de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Decreto N° 1.510/97 (B.O.C.B.A. N° 310), establece que las medidas preparatorias de decisiones administrativas, inclusive informes y dictámenes, aunque sean de requerimiento obligatorio y efecto vinculante para la Administración, no son recurribles;
Que sin perjuicio de ello, atento a que el citado informe afecta un interés legítimo del agente de marras, cabe considerar a la presentación del causante como la interposición de un recurso de reconsideración, el que lleva implícito el jerárquico en subsidio;
Que el recurso de reconsideración interpuesto por el agente nombrado ha sido resuelto restando resolver el recurso jerárquico en subsidio que aquel llevaba implícito;
Que no obstante las facultades delegadas para resolver el presente, resulta pertinente que el suscripto se avoque a resolver el recurso interpuesto, conforme lo previsto en el artículo 2o del referido Régimen de Procedimientos Administrativos;
Que obran en las actuaciones, entre otros antecedentes, la denuncia de accidente de trabajo formulada por el causante, así como el dictamen de la Procuración General de la Ciudad, considerando que el mismo debía ser calificado como tal en los términos de la Ley N° 24.557;
Que, en ese sentido, la Subsecretaría de Gestión Operativa de la entonces Secretaría de Hacienda y Finanzas dictó la Resolución N° 1.255-SSGO/04;
Que mediante el Informe N° 5.432-DGRH/04, la Dirección Liquidación de Haberes de la Dirección General de Recursos Humanos, hace saber que al practicar la liquidación de la prestación que le correspondía percibir al agente durante el período de incapacidad laboral temporaria, determinó que aquél percibió en más la suma de pesos seiscientos treinta y ocho con 15/100 ($ 638,15), por lo que considera que deberá perseguirse el recupero...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba