Decreto N° 973/07

FirmantesTelerman-Beros
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición16 de Julio de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 973/ 07

SE ESTABLECE PROCEDIMIENTO PARA LAS CONTRATACIONES Y-O LICITACIONES REALIZADAS CON ANTERIORIDAD AL 01 DE MAYO DE 2007, FECHA EN QUE ENTRÓ EN VIGENCIA LA LEY N° 2095 LEY DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE LA CIUDAD

Buenos Aires, 16/07/2007

Visto la Ley N° 2.095, y sus prórrogas, Leyes Nros. 2.273 y 2.296, los Decretos Nros. 408/07 (B.O.C.B.A. N° 2658) y 493/07 (B.O.C.B.A. N° 2658), y el Expediente N° 27.221/07; y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.095, que establece el Régimen de Compras y Contrataciones para el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entró en vigencia el día 1° de mayo de 2007 conforme lo previsto por la Ley N° 2.296;

Que al momento de la entrada en vigencia de la ley citada, se encontraban gestionándose diversas solicitudes de compras de bienes y servicios;

Que con relación a este hecho particular el artículo 144 de la Ley N° 2.095 instituye que las contrataciones y/o licitaciones que al momento de la entrada en vigencia de la presente ley, estuvieren en gestión, deberán ser agotadas en su tramitación administrativa hasta su total finalización dentro del régimen de su instrumentación;

Que el sistema contractual administrativo se estructura, tanto en la etapa de formación como en la de ejecución del contrato, en una serie de actos administrativos coligados;

Que en virtud de ello y en pos de la seguridad jurídica, corresponde determinar, según la naturaleza y finalidad de los actos administrativos dictados en el marco de los procedimientos de selección del contratista, el alcance y sentido del artículo 144 de la Ley N° 2.095;

Que ello permite establecer de manera concreta el momento a partir del cual las gestiones de compras de bienes y servicios deben ser agotadas en su tramitación administrativa hasta su total finalización dentro del régimen de su instrumentación y consecuentemente con ello cuales deben adecuarse al régimen establecido en la Ley N° 2.095 y su Decreto reglamentario N° 408/07;

Que la fase preparatoria del procedimiento de selección del contratista es una actividad interna de la Administración, la cual comprende estudios de factibilidad jurídica, contable, financiera, física, económica y política, que deviene, posteriormente en la confección de los pliegos de bases y condiciones;

Que superada la referida etapa, adviene la fase esencial del procedimiento, la selección propiamente dicha, en donde...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR