Decreto N° 465/07

FirmantesTelerman-De Micheli
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición27 de Marzo de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 465/ 07

SE AMPLÍA A CINCO AÑOS LA DURACIÓN DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN DE LA RESIDENCIA MÉDICA DE ANESTESIOLOGÍA, A PARTIR DEL CICLO LECTIVO 2007, DE LOS SISTEMAS DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, DE APOYO AL EQUIPO DE SALUD Y DE ENFERMERÍA - MINISTERIO DE SALUD

Buenos Aires, 27/03/2007

Visto las Ordenanzas Nros. 40.997, 41.793 y 45.146, sus modificatorias y complementarias, la Ley N° 2.288, el Decreto N° 291/07 (B. O. N° 2634) y el Expediente N° 13.825/07, y,

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada ley se declaró la emergencia de los servicios y/o unidades y/o divisiones y/o secciones de anestesia y/o anestesiología de los efectores del subsector estatal de salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de un (1) año, prorrogable por un plazo equivalente, con el objetivo de sanear la situación crítica que atraviesa la prestación de la especialidad;

Que por Decreto N° 291/07 se llamó a concurso para la provisión de cargos de residentes de primer año, para el ciclo lectivo 2007, de los Sistemas de Residencias del Equipo de Salud, de Apoyo al Equipo de Salud y de Enfermería, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en diversas disciplinas, entre ellas para la Residencia Médica de Anestesiología;

Que, el programa de Residencia Médica de Anestesiología se desarrolla en un período de cuatro (4) años, contemplando una formación general en la especialidad, con rotación en las distintas orientaciones;

Que el Ministerio de Salud propicia ampliar a cinco (5) años el programa de formación en la citada especialidad a fin de permitir intensificar la capacitación en un área específica, acorde con los avances de la ciencia y los criterios internacionales aplicados en la materia;

Que en ese orden de ideas resulta necesario ampliar en un (1) año la duración del programa de formación de la Residencia Médica de Anestesiología, período durante el cual se realizará la formación con orientación específica;

Que, por otra parte, en el marco de la emergencia declarada, es conveniente alcanzar altos estándares de formación, a fin de garantizar la adecuada capacitación del recurso humano en salud acorde con los avances tecnológicos y científicos, con impacto directo en el goce del derecho a la salud, reconocido en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102...

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