Decreto N° 429/07

FirmantesTelerman-Gorgal-Beros
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 429/ 07

SOLICITA AL PODER EJECUTIVO NACIONAL LA CONSTITUCIÓN DE UN COMANDO ELECTORAL PARA LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES A LOS FINES DE LA CUSTODIA DE LOS COMICIOS DE LAS ELECCIONES DE JUNIO DE 2007

Buenos Aires, 21/03/2007

Visto el Decreto N° 308/07 (B.O.C.B.A. N° 2629) , y la Acordada Electoral N° 3/07 del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el Expediente N° 17.127/07, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en el artículo 52, inciso 7°, apartado a) del Código Electoral Nacional (Ley N° 19.945) corresponde al Tribunal Superior de Justicia; "Requerir de cualquier autoridad judicial o administrativa, sea nacional, provincial o municipal, la colaboración que estime necesaria";

Que en consecuencia, mediante la Acordada Electoral N° 3/07 el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires requirió al Gobierno de la Ciudad que solicite al Poder Ejecutivo Nacional la constitución del Comando Electoral para la custodia relativa a documentos, urnas, efectos y locales sujetos a disposición del Tribunal para los comicios a celebrarse el día 3 de junio de 2007 y eventual segunda vuelta del día 24 de junio de 2007;

Que el Tribunal Superior de Justicia estima que resultaría conveniente que se cuente con las Fuerzas Armadas y de Seguridad a los fines de que preserven el orden durante la realización del acto electoral;

Que, asimismo considera que la custodia de los comicios de orden local, en los cuales el Poder Ejecutivo Nacional ha constituido el Comando Electoral, han resultado plenamente satisfactorios;

Que resulta necesario facultar a los efectivos asignados, a emitir su voto en los establecimientos donde presten servicios el día del comicio, acreditando con el Documento Nacional de Identidad, su domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los arts. 102 y 105 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Solicítase al Poder Ejecutivo Nacional la constitución de un Comando Electoral para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de la custodia de los comicios a realizarse en la Ciudad, el día 3 de junio de 2007 y eventual segunda vuelta del día 24 de junio de 2007.

Artículo 2°

El...

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