Decreto N° 351/07

FirmantesTelerman-Rodríguez-Beros
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 7 de Marzo de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 351/ 07

SE RECTIFICA EL ARTÍCULO 2° DEL DECRETO N° 1.476-06 - PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DISEÑO

Buenos Aires, 07/03/2007

Visto el Expediente N° 6.521/07 por el que tramita la modificación del art. 2° del Decreto N° 1.476/06 (B.O.C.B.A. N° 2535), y

CONSIDERANDO:

Que por el referido decreto se creó el Programa para el Desarrollo de Industrias Culturales y Diseño destinado a contribuir en la consolidación de dichos emprendimientos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a promover su exportación;

Que la forma de instrumentar tales beneficios es a través de una línea de subsidios a ser otorgados por la Subsecretaría de Industrias Culturales dependiente del Ministerio de Producción, para personas físicas y jurídicas, financiando proyectos, programas y/o actividades vinculadas con el desarrollo de las industrias culturales;

Que se ha observado que el art. 2° de la mencionada norma dispone que El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará a la partida presupuestaria correspondiente del presupuesto para el ejercicio 2006, quedando así supeditada la validez de lo dispuesto en el aludido decreto sólo al año 2006;

Que en consecuencia, deviene necesario rectificar el mentado artículo, estableciendo que las imputaciones a las partidas se harán de acuerdo con las previsiones presupuestarias efectuadas dentro de la jurisdicción de la Subsecretaría de Industrias Culturales en cada ejercicio;

Por ello, y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Rectifícase el artículo 2° del Decreto N° 1.476/06 (B.O.C.B.A. N° 2535), el que quedará redactado de la siguiente manera:

El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará a las partidas de acuerdo con las...

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