Decreto N° 291/07

FirmantesTelerman-De Micheli-Beros
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición16 de Febrero de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 291/ 07

LLAMA A CONCURSO PARA LA COBERTURA DE 670 CARGOS DE RESIDENTES DE PRIMER AÑO DE LOS SISTEMAS DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD - DE APOYO AL EQUIPO DE SALUD Y DE ENFERMERÍA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CREA LAS RESIDENCIAS POST-BÁSICAS INTERDISCIPLINARIAS EN EPIDEMIOLOGÍA, GERONTOLOGÍA Y PATOLOGÍA PEDIÁTRICA - MODIFICA LA DURACIÓN DE LA RESIDENCIA DE NEUROCIRUGÍA

Buenos Aires, 16/02/2007

Visto el Expediente N° 88.492/06, y

CONSIDERANDO:

Que los Sistemas de Residencias del Equipo de Salud, aprobado por Ordenanza N° 40.997 (B.M. N° 17.720), de apoyo al equipo de salud, aprobado por Ordenanza N° 41.793 (B.M. N° 17.969), y de enfermería, aprobado por Ordenanza N° 45.146 (B.M. N° 19.142), sus modificatorias y decretos reglamentarios, constituyen sistemas remunerados de capacitación de postgrado;

Que por aplicación de los artículos 4° de la Ordenanza N° 40.997, 5° de la Ordenanza N° 41.793 y 4° de la Ordenanza N° 45.146 queda establecida la obligatoriedad del ingreso por concurso para cubrir plazas de residentes, siendo el Órgano Ejecutivo responsable del llamado a concurso anual, por lo que en consecuencia, surge la necesidad de dictar la norma legal que determine las áreas y cupos correspondientes a cada residencia;

Que en consecuencia, el Ministerio de Salud, a través de la Dirección de Capacitación Profesional y Técnica, ha organizado el llamado a concurso para el Ciclo Lectivo 2007, fijando las condiciones y cronogramas que regularán el desarrollo del mismo;

Que la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente del Ministerio de Hacienda, tomará los recaudos necesarios para la provisión presupuestaria para el ejercicio vigente;

Que por Ordenanza N° 43.316 (B.M. N° 18.506), se prevé la actualización de los Sistemas de Residencias, facultando a tal fin al Órgano Ejecutivo para la creación de nuevas residencias y la modificación de la duración de las existentes;

Que por los presentes actuados el Ministerio de Salud propicia la creación de nuevas residencias, y la modificación de la duración de la residencia de neurocirugía;

Que la Dirección de Capacitación Profesional y Técnica del citado Ministerio, evaluó la necesidad de la creación de las residencias post-básicas interdisciplinaria en gerontología, interdisciplinaria en epidemiología, y patología pediátrica, en base a la documentación presentada por los respectivos equipos técnicos del Ministerio de Salud;

Que la creación de la residencia post-básica interdisciplinaria en epidemiología, responde a la necesidad de otorgar formación especializada a los profesionales de la salud para introducir mayor racionalidad en los procesos de decisión en salud pública;

Que, en este sentido, se requiere formar profesionales que desarrollen competencias y habilidades para planificar, programar y ejecutar investigaciones epidemiológicas; desarrollar y asesorar en investigaciones de brotes y epidemias; diseñar, organizar y conducir intervenciones para la prevención y control de daños a la salud en diferentes escenarios; diseñar, implementar y evaluar sistemas de vigilancia de la salud; utilizar herramientas y metodologías para la evaluación de resultados, impacto, efectividad y costo-beneficio de programas, proyectos e intervenciones sanitarias; participar activamente en la docencia y capacitación en epidemiología para los equipos de los niveles locales; desarrollar el análisis de situación y las salas de situación de salud;

Que la creación de la residencia interdisciplinaria en gerontología responde a la necesidad de capacitar profesionales para integrar equipos interdisciplinarios que implementen el abordaje de las problemáticas propias del...

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