Decreto N° 1325/06

FirmantesTelerman - Vensentini - Nielsen
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1325/ 06

APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 303 - REGULACIÓN DEL DERECHO DE TODA PERSONA DE SOLICITAR Y RECIBIR INFORMACIÓN SOBRE EL ESTADO Y LA GESTIÓN DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES

Buenos Aires, 29/08/2006

Visto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 303 (B.O.C.B.A. N° 858) y 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407), los Decretos Nros. 2.696/03 (B.O.C.B.A. N° 1836), 328/06 y 350/06, el Expediente N° 75.441/99, y

CONSIDERANDO:

Que la ley citada en el visto, tiene por objeto, la regulación del derecho de toda persona de solicitar y recibir información sobre el estado y la gestión del ambiente y de los recursos naturales, conforme lo establecido en el art. 26 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en este sentido, esta gestión tiene entre sus prioridades, la de velar por un acceso a la información ambiental, libre, gratuita, oportuna y veraz, a fin de garantizar la participación ciudadana y el acceso a la justicia;

Que dicha ley, resulta de aplicación a toda información ambiental concerniente o que afecte a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que obre en poder del Gobierno de la Ciudad o de cualquier autoridad, organismo e institución pública, incluyendo a sus contratistas, concesionarias y empresas privadas, que presten servicios públicos en su ámbito;

Que en otro orden de ideas, por el art. 7° de la Ley N° 303 de Información Ambiental, se dispone que la autoridad de aplicación, será el organismo del Poder Ejecutivo con competencia ambiental, encontrándose a su cargo reglamentar la mencionada ley;

Que, en este sentido es dable advertir que por el Decreto N° 2.696/03, se creó la ex Subsecretaría de Medio Ambiente, dependiente de la entonces Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, como máxima autoridad ambiental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, posteriormente por el Decreto N° 328/06, se promulgó la Ley N° 1.925 por la cual se dispone que El Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros o Ministras, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere la presente ley. La asistencia será individual en las materias que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y esta ley determinan como de sus respectivas competencias o en conjunto en los casos allí establecidos o autorizados, de...

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