Decreto N° 38/LCABA/VP/06

FirmantesDe-Estrada-Moscariello
Jefe de GobiernoJorge Telerman (a Cargo)
EmisorVicepresidencia Primera
Fecha de la disposición 5 de Febrero de 2006

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

VICEPRESIDENCIA PRIMERA

DECRETO N° 38/ LCABA/ VP/ 06

APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA COMISIÓN RECEPCIÓN DEFINITIVA DE BIENES Y-O PRESTACIONES DE SERVICIOS DE LA LEGISLATURA

Buenos Aires, 05/02/2006

Visto, el Decreto N° 67-VP/04 (B.O.C.B.A. N° 1920 del 15/4/04), y

CONSIDERANDO:

Que, a través del Decreto N° 67-VP/04, se aprobó el reglamento de la Comisión de Recepción Definitiva de Bienes y/o Prestaciones de Servicios, la que entiende en la certificación a que se refiere el inciso 98 del artículo 61 del Decreto-Ley N° 23.354/56 (Ley de Contabilidad) incorporada al ámbito de la administración de la Ciudad de Buenos Aires mediante Ordenanza N° 31.655;

Que por el presente expediente tramitan las actuaciones relativas a la propuesta efectuada por la Dirección General de Compras y Contrataciones;

Que en función de la experiencia recogida, la normativa tiende a asegurar el principio básico de transparencia en el proceso de adquisición y contratación de bienes y/o prestaciones de servicios;

Que, se han fijado los procedimientos de recepción de bienes de uso, de consumo y de servicios, estableciendo las responsabilidades de los agentes intervinientes en los mismos, las formalidades documentales del acto de recepción, los controles cualitativos y cuantitativos a efectuar, las conformidades u observaciones a realizar y todo otro aspecto que hace a la evaluación del cumplimiento por parte de los proveedores y contratistas;

Que resulta conveniente, en atención a las numerosas modificaciones que deben realizarse y a fin de mantener una normativa unívoca, derogar el decreto referido;

Que, por Resolución N° 189-SA/04, se establecen las designaciones de los integrantes que tendrán validez por un año;

Que se ha cumplido el plazo establecido, produciéndose el cese de los agentes que conformaban la Comisión de Recepción Definitiva de Bienes y/o prestaciones de Servicios;

Que el presente acto se emite en orden a las facultades conferidas a la Vicepresidencia Primera por el artículo 71 de la Constitución de la Ciudad, y el artículo 88 del reglamento interno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébase el reglamento de la Comisión Recepción Definitiva de Bienes y/o Prestaciones de...

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