Decreto N° 298/06
Firmantes | Telerman-Albamonte-Fernández |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 17 de Marzo de 2006 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 298/ 06
MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD. CREA LA UNIDAD DE ADITORÍA INTERNA DE LA PROCURACIÓN GENERAL, DIRECCIÓN GENERAL DE SUMARIOS, UNIDADES ORGÁNICAS DE CONDUCCIÓN DE LA PROCURACIÓN GENERAL. SUPRIME LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL INTERNO.
Buenos Aires, 17/03/2006
Visto la Ley N° 1.218 y los Decretos Nros. 12/96, 2.696/03, 220/04, 305/04, 1.641/04, 2.043/04, 1.370/01 y 791/03, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 1.218 que regula el funcionamiento de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires determina en su artículo 2° que el citado organismo constitucional se encuentra integrado por el/la Procurador/a General, hasta dos Procuradores/as Generales Adjuntos/as, funcionarios con jerarquía de Director/a General, los/as miembros del plantel de abogados/as de la Procuración General y los/as consultores/as técnicos/as, auxiliares técnicos-jurídicos, operativos/as y demás personal de apoyo;
Que, asimismo, la Ley N° 1.218 estableció que a partir de su entrada en vigencia el mecanismo para el ingreso al organismo es a través del régimen de concurso de antecedentes y oposición para cubrir vacantes y cargos en el organismo, y los requisitos para la integración del Tribunal; cuando se trate del cuerpo de abogados;
Que, por el Decreto N° 220/04 y sus modificatorios Nros. 305/04 y 2.043/04 se aprobó la estructura organizativa de la Procuración General de la Ciudad en los términos de la ley citada, en sus primeros niveles de conducción, a fin de adecuarla a los lineamientos de la citada ley;
Que, por su lado, mediante Decreto N° 1.641/04, se encomendó la creación y puesta en funcionamiento de las Unidades de Auditoría Interna, a los titulares de las jurisdicciones o entidades dependientes del Poder Ejecutivo, en los casos en que no estuviesen constituidas;
Que, por ese mismo decreto se estableció que la Unidad de Auditoría Interna dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete tiene a su cargo el control de las actividades desarrolladas en dicha Secretaría y en el Área Jefe de Gobierno;
Que, teniendo en cuenta las especificidades propias del órgano Procuración General en cuanto a las funciones a su cargo y a la forma diferenciada de ejecución del presupuesto asignado (no sólo para su propio funcionamiento, sino para atender erogaciones judiciales correspondientes a las distintas áreas del Gobierno), resulta necesario que dicho organismo cuente con su propia Unidad de Auditoría Interna que tenga a su cargo, no sólo el control financiero, sino además, el control de gestión de las distintas áreas que la conforman;
Que en este contexto, el control inmediato en el desempeño de los mandatarios y la relación con el área de patrocinio debe ser coincidente para facilitar el control integral de la gestión;
Que, atento lo expuesto, es pertinente adecuar la estructura de la Procuración...
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