Decreto N° 196/06

FirmantesTelerman (A/C) - Feletti - Epszteyn - Albamonte - Fernández
Jefe de GobiernoJorge Telerman (a Cargo)
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Febrero de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 196/ 06

ORDENA INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN PUENTE PEATONAL - CALLE MIRALLA SOBRE VÍAS DEL F.C.G. BELGRANO SUR - CALLE MIRALLA Y FEDERICO OZANAM AL 5000 - RESTAURAR EL MANTENIMIENTO - LIMPIEZA - ILUMINACIÓN Y SEGURIDAD DEL LUGAR - HIGIENIZACIÓN Y DESMALEZAMIENTO DE LOS TERRAPLENES DE LA TRINCHERA FERROVIARIA

Buenos Aires, 22/02/2006

Visto el Expediente N° 41.441/03, y

CONSIDERANDO:

Que de los informes, denuncias e inspecciones practicadas en el puente peatonal de la calle Miralla sobre vías del F.C.G. Belgrano Sur y los obrantes en las referidas actuaciones, surge que en el presente caso se encuentran afectadas las condiciones de higiene y seguridad;

Que en los presentes actuados, la Escribanía General de la Ciudad informa que el predio sobre el que se encuentra emplazado el puente peatonal en cuestión pertenece al Estado Nacional, en tanto que por aplicación del art. 2, inc. e) del Decreto N° 747-PEN/88 están a cargo de los Ferrocarriles Nacionales ...el mantenimiento, reparación y renovación de los puentes y túneles para pasos peatonales, que no integren conjuntos ferroviales de cruces a distinto nivel...;

Que por Nota N° 1.696-DGOP/02, se procedió a dar traslado al concesionario Transportes Metropolitanos Belgrano Sur S.A., de los reiterados reclamos sobre las penosas condiciones del inmueble, éste ha realizado algunas reparaciones en la estructura que presenta ya signos de deterioro, suciedad y corrosión por ausencia de mantenimiento;

Que no obstante el desmalezamiento y limpieza efectuados oportunamente por la Dirección de Higienización y debido a la desidia del concesionario, los terraplenes de la totalidad de la trinchera ferroviaria continúan presentando desperdicios, residuos domiciliarios, suelo, escombros, ramas, etc. que generan la proliferación de roedores;

Que ambos estribos del puente han sido intrusados por personas que viven en absoluta precariedad, e incluso han socavado los terraplenes, corriendo riesgo en caso de incendio o por erosión pluvial;

Que el concesionario no ha ejecutado obra alguna de cerramiento de la zona ferroviaria, subsistiendo un número indeterminado de pasos peatonales informales, carentes de señalización o seguridad, con el riesgo que ello conlleva para la cantidad de personas, particularmente escolares, que a diario cruzan la trinchera;

Que es un deber imperativo del...

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