Decreto N° 60/06

FirmantesTelerman (A/C) - Gorgal - Albamonte - Fernández
Jefe de GobiernoJorge Telerman (a Cargo)
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición10 de Enero de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 60/ 06

INMUEBLE PARAGUAY 1372-74-76-78, 1° PISO B, U.F. 3 - SE ENCOMIENDA A RETIRAR EL CERRAMIENTO DE ALUMINIO Y VIDRIO CON TECHO DE POLICARBONATO

Buenos Aires, 10/01/2006

Visto el Expediente N° 70.199/01, y

CONSIDERANDO:

Que, se ejecutaron obras sin permiso y en contravención en el departamento B, Unidad Funcional N° 3, piso 1°, del inmueble sito en la calle Paraguay 1372/74/76/78;

Que, la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, mediante Disposición N° 1.524-DGFOC/02, procedió a intimar al propietario del inmueble mencionado para que regularice la situación del mismo, bajo apercibimiento de aplicarle las penalidades dispuestas en el artículo 2.4.3.2. Aplicación de Multas A.D 630.16 del Código de la Edificación, como así también, en su defecto, proceder a la ejecución de las tareas por administración y a su costa, sin perjuicio de aplicación de multas periódicas cada treinta (30) días hasta que se materialicen las mismas, conforme lo establecido en el artículo 2.2.5.2 Demolición o Regularización de Obras en Contravención - Trabajos de Emergencia A.D 630.14 de citado Código;

Que, dicha disposición fue notificada en fecha 12 de septiembre de 2002;

Que, por antecedente 1, con fecha 25/9/02, Gabriel Alberto Medina San Martín y Verónica María Hualde de Medina San Martín en el carácter de propietarios de la unidad funcional citada, interpusieron recurso de reconsideración contra la disposición mencionada;

Que, por Disposición N° 1.678-DGFOC/03, de fecha 2 de septiembre de 2003 fue desestimado el recurso de reconsideración;

Que, por antecedente 2 con fecha 19 de septiembre de 2003, los recurrentes interponen recurso jerárquico contra la Disposición N° 1.524-DGFOC/02;

Que, por Resolución N° 12-SJySU/05, de fecha 21 de enero de 2005 fue desestimado el recurso jerárquico interpuesto contra el mencionado acto;

Que, dicho acto administrativo fue notificado en fecha 26 de enero de 2005;

Que, no obstante el tiempo transcurrido, no se dio cumplimiento a lo intimado, resultando infructuosos los procedimientos adoptados hasta el momento para obtener su acatamiento;

Que, es deber imperativo del Gobierno de la Ciudad el velar por la seguridad y estética públicas, encontrándose las mismas afectadas en el presente caso, atento a la existencia de obras antirreglamentarias;

Que, para el supuesto que no se...

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