Decreto N° 339/LCABA/05
Firmantes | De-Estrada-Moscariello |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman (a Cargo) |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 13 de Diciembre de 2005 |
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 339/ LCABA/ 05
APRUEBA LO ACTUADO POR EL COMITÉ TÉCNICO EVALUATIVO EN EL CONCURSO PARA CARGOS DE CONDUCCIÓN CONVOCADO POR DECRETO N° 252-VP-05 - DESIGNACIONES - DIRECCIONES GENERALES - DEPARTAMENTOS - LEGISLATURA
Buenos Aires, 13/12/2005
Visto, el Decreto N° 252-VP/05, y
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 1° del Decreto N° 252-VP/05 se dispuso el llamado a concurso general para cargos de conducción;
Que por Decreto N° 260-VP/05, se hizo saber que el Comité Técnico Evaluativo que intervendría en el concurso estaría integrado de la siguiente manera: Alemany, Juan Manuel - DNI 11.361.958 (Secretario Parlamentario); Gerván, Mariano - DNI 13.798.099 (Secretario de Coordinación); Moscariello, Oscar - DNI 10.578.261 (Secretario Administrativo); Pérez, Carlos Serafín - DNI 11.076.380 (Subsecretario de Labor Parlamentaria); Picciano, Víctor Gabriel - DNI 16.130.296 (Subsecretario de Gestión Administrativa); Morato, Gustavo - DNI 11.594.585 (Subsecretario de Coordinación) y como Secretario Ejecutivo del Comité Técnico-Evaluativo: Guaglianone, Eduardo Osvaldo - DNI 17.806.579 (Director General de Despacho Administrativo);
Que es competencia de este comité sustanciar los concursos, evaluar los antecedentes de los postulantes y confeccionar el orden de mérito elevándolo al Vicepresidente Primero;
Que al vencimiento del plazo de inscripción, no se plantearon recusaciones contra los miembros del comité;
Que ningún miembro del comité se excusó de intervenir en el concurso, luego de haber conocido la lista de postulantes;
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 42 del reglamento de concurso para cargos de conducción Decreto N° 252-VP/05 y lo resuelto por la Vicepresidencia Primera el día 1° de septiembre de 2005, la postulación a una sub-unidad determinada, implica postularse a los cargos que integran esa sub-unidad, estableciéndose en consecuencia un orden de mérito por cada sub-unidad;
Que dichas propuestas deben ser formuladas con un orden de prelación en función de las evaluaciones efectuadas;
Que han concluido las etapas que debe cumplir el comité en este procedimiento de selección;
Que previo a la elaboración del orden de merito dispuesto por el artículo 41 del reglamento, el Comité Técnico Evaluativo, aprobó las calificaciones de los concursantes y las...
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