Decreto N° 1744/05
Firmantes | Telerman (A/C) - Perazza - Albamonte - Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 17 de Noviembre de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1744/ 05
SANTOS GUANCA - FICHA N° 274.455 - SE DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO CONTRA EL INFORME N° 7.501-DGRH/03 Y SE LE REINTEGRA UNA SUMA DE DINERO
Buenos Aires, 17/11/2005
Visto el Expediente N° 66.716/02, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante las presentes actuaciones la agente Carmen Santos Guanca, Ficha N° 274.455, impugna la decisión de la Dirección de Liquidaciones de Haberes recaída en el Informe N° 7.501-DGRH/03 de fecha 21 de julio de 2003;
Que la presentación referida controvierte un informe del área indicada, respecto de lo cual el art. 99 del Régimen de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Decreto N° 1.510/97 (B.O. N° 310), establece que las medidas preparatorias de decisiones administrativas, inclusive informes y dictámenes, aunque sean de requerimiento obligatorio y efecto vinculante para la Administración, no son recurribles;
Que sin perjuicio de ello, atento a que el citado informe afecta un interés legítimo de la agente de marras, cabe considerar a la presentación de la causante como la interposición de un recurso de reconsideración, el que lleva implícito el jerárquico en subsidio;
Que el recurso de reconsideración interpuesto por la agente Carmen Santos Guanca ha sido resuelto restando resolver el recurso jerárquico en subsidio que aquel llevaba implícito de conformidad con lo manifestado por la Procuración General de la Ciudad;
Que no obstante las facultades delegadas para resolver el presente, resulta pertinente que el suscripto se avoque a resolver el recurso interpuesto, conforme lo aconsejado por la Procuración General de la Ciudad y de acuerdo con lo previsto en el artículo 2° del referido Régimen de Procedimientos Administrativos;
Que obran en las actuaciones, entre otros antecedentes, la denuncia de accidente de trabajo formulada por la causante, así como el dictamen de la Procuración General considerando que el mismo debía ser calificado como tal en los términos de la Ley N° 24.557;
Que, en ese sentido, la Subsecretaría de Gestión Operativa de la Secretaría de Hacienda y Finanzas dictó la Resolución N° 1.897-SSGO/03;
Que mediante el Informe N° 7.501-DGRH/03, la Dirección Liquidaciones de Haberes de la Dirección General de Recursos Humanos, hace saber que al practicar la liquidación de la prestación que le correspondía percibir a la agente durante...
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