Decreto N° 1608/05
Firmantes | Ibarra-Albamonte-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 19 de Octubre de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1608/ 05
APRUEBA CARTA DE INTENCIÓN SUSCRIPTA ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD Y LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES - CONFORMACIÓN DEL CENTRO DE ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS SUBNACIONALES (CEATS)
Buenos Aires, 19/10/2005
Visto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Carta de Intención suscripta entre la Dirección General de Rentas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Dirección Provincial de Rentas de la provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Rentas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y el señor Director General de Rentas, y la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Buenos Aires, representada por el señor Ministro de Economía y el señor Subsecretario de Ingresos Públicos, han suscripto con fecha 28 de octubre de 2004 una carta de intención a efectos de constituir el Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales;
Que el Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales (CeATS) tiene por objeto proveer un foro permanente sobre tributación, en donde promover el intercambio de experiencias, la colaboración mutua y la asistencia entre sus miembros y asimismo impulsar y conducir investigaciones y estudios sobre sistemas tributarios y administraciones tributarias subnacionales, en base a las cuales adoptar directrices, formular modelos y propiciar la difusión oportuna de la información para el permanente mejoramiento de sus administraciones miembro;
Que la experiencia internacional en la materia indica que el intercambio de experiencias y la colaboración mutua entre organismos de administración tributaria constituyen una reconocida herramienta en materia de fortalecimiento del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y de la lucha contra el fraude, la evasión, la elusión y cualquier otra forma de incumplimiento de las obligaciones;
Que, concretamente, el permanente mejoramiento de la administración tributaria local es un objetivo prioritario de este Gobierno, en tanto los recursos que la misma recauda constituyen la principal fuente de financiación de los programas presupuestarios de este Estado Autónomo;
Que, mediante la referida carta de intención, las...
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