Decreto N° 1433/05

FirmantesIbarra-Epszteyn-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición15 de Septiembre de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1433/ 05

DELEGACIÓN DE FACULTADES - SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE - SE LA FACULTA A OTORGAR BECAS A LOS RECUPERADORES URBANOS QUE CONCURRAN A LOS TALLERES DE CAPACITACIÓN DEL PROGRAMA DE RECUPERADORES URBANOS

Buenos Aires, 15/09/2005

Visto el Expediente N° 9.059/05, la Ley N° 992 (B.O. N° 1619) y los Decretos Nros. 622/03 (B.O. N° 1702) y 422/04 (B.O. N° 1919), y

CONSIDERANDO:

Que, por el artículo 2° de la ley citada, se dispuso la incorporación de los recuperadores de residuos reciclables a la recolección diferenciada en el servicio de higiene urbana vigente;

Que, asimismo, por el artículo 1° del Anexo I del Decreto N° 622/03, se creó …el Programa de Recuperadores Urbanos y Reciclado de Residuos Sólidos Urbanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PRU);

Que, por el artículo 15 del decreto citado en el párrafo precedente se estableció que Los recuperadores inscriptos en el RUR podrán participar voluntariamente de los Cursos de Capacitación destinados a brindar información y capacitación sobre la totalidad del material recuperable para su posterior reciclaje y comercialización., así como que Estos cursos se dictarán en los CGP's y el Área de Capacitación del PRU será el responsable de la diagramación y organización. Al finalizar cada curso se les entregará un Certificado de Curso de Capacitación, de conformidad con el Anexo I.C de la presente reglamentación.;

Que, en cumplimiento, de lo dispuesto en la normativa mencionada, el Programa de Recuperadores Urbanos propicia la realización de cursos de capacitación, con el fin de consolidar nuevas capacidades y habilidades en el proceso de recuperación, separación, acopio y comercialización de materiales en el marco del nuevo Sistema de gestión de Materiales Reciclables de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, en otro orden de ideas, por el Decreto N° 422/04 se estableció la relación funcional del Programa de Recuperadores Urbanos y Reciclado de Residuos Sólidos Urbanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PRU), en la órbita de la Subsecretaría de Medio Ambiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable y se modificó el artículo 2° del Anexo I del Decreto N° 622/03, designándose como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 992 y su Decreto Reglamentario a la Subsecretaría de Medio Ambiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo...

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