Decreto N° 1079/05

FirmantesIbarra-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Julio de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1079/ 05

IMPLEMENTA EL USO DE FIRMA ELECTRÓNICA Y DIGITAL EN EL ÁMBITO DEL PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD - DELEGACIÓN DE FACULTADES - SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS - DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN - CERTIFICACIÓN - CERTIFICADOS DIGITALES - ESCRIBANÍA GENERAL - REGISTROS

Buenos Aires, 22/07/2005

Visto la Ley Nacional N° 25.506, su Decreto Reglamentario N° 2.628-PEN/02, los Decretos N° 1.023/93 de la ex MCBA (B.M. N° 19.600) y N° 2.696-GCABA/03 (B.O. N° 1836) y sus modificatorios y el Expediente N° 16.493/05 y;

CONSIDERANDO:

Que la ley nacional citada ha instaurado el uso de la firma digital en la República Argentina, con los mismos efectos que la firma manuscrita, en cuyo marco se ha puesto en práctica la tecnología de firma electrónica en ámbitos de la Administración Pública Nacional, de administraciones provinciales y de los poderes judiciales de diversas jurisdicciones;

Que resulta innegable la conveniencia de impulsar el uso de estas tecnologías en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, atento a que propenden a agilizar y racionalizar notablemente los trámites administrativos, así como a dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para su control, al hacerlos disponibles en medios informáticos;

Que, de lo establecido en los Decretos Nros. 1.023/93 de la ex MCBA y 2.696-GCABA/03 y modificatorios, surge que la Dirección General de Sistemas de Información, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, tiene, entre sus misiones y funciones, las de proponer y coordinar la instrumentación, en su carácter de órgano rector de la materia, de las políticas de sistemas de información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dictar la normativa pertinente, promover e implementar las políticas de innovación tecnológica y administrar la infraestructura centralizada de tecnología informática en cuanto a su disponibilidad, integridad, seguridad y resguardo;

Que para llevar adelante un cambio de estas características, por su magnitud y trascendencia, es preciso encararlo gradualmente, en razón de lo cual se hace necesario facultar a la Secretaría de Hacienda y Finanzas para emitir las normas reglamentarias conducentes a la implantación de tal sistema;

Que, con miras al objetivo de lograr la utilización de estas tecnologías en forma...

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