Decreto N° 1076/05
Firmantes | Stern-Gorgal-Albamonte-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 20 de Julio de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1076/ 05
APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DEL MARCO REGULATORIO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES PARA PERSONAS MAYORES Y OTROS SERVICIOS DE ATENCIÓN GERONTOLÓGICO - GERIÁTRICOS - LEY 661 - LEY 1003 - CÓDIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES
Buenos Aires, 20/07/2005
Visto el Expediente N° 25.300/04 y acumulados y la Ley N° 661 modificada por la Ley N° 1.003 y el Código de Habilitaciones y Verificaciones aprobado por la Ordenanza N° 34.421 AD 700.1/79, y,
CONSIDERANDO:
Que en el Capítulo 9.1 del Código de Habilitaciones y Verificaciones (AD 700.44) se establecen las condiciones de habilitación y funcionamiento de la actividad Establecimiento Geriátrico;
Que la Ley N° 661 modificada por la Ley N° 1.003, establece un nuevo marco regulatorio de la actividad de los establecimientos residenciales y otros servicios de atención gerontológica que brindan prestaciones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, modificando algunas de las cuestiones previstas en el Código de Habilitaciones y Verificaciones;
Que la Cláusula Transitoria Primera de la Ley N° 661 y el artículo 5° de la Ley N° 1.003 disponen que el Poder Ejecutivo debe dictar las disposiciones reglamentarias de las normas citadas;
Que de este modo se fijarán los mecanismos de aplicación de las prescripciones contenidas en las leyes citadas ut supra, dotándolas de plena operatividad dentro del ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo, corresponde implementar el Registro Único y Obligatorio de Establecimientos Residenciales para Personas Mayores de la Ciudad de Buenos Aires, creado por el art. 3° de la Ley N° 661;
Que, en otro orden de ideas, es menester crear el circuito administrativo para el logro de los objetivos fijados por la Ley N° 661 y su modificatoria Ley N° 1.003, determinando asimismo las funciones y atribuciones de la autoridad de aplicación;
Que es necesario establecer la coordinación de las áreas competentes de acuerdo a las responsabilidades primarias asignadas por la estructura organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el efectivo cumplimiento de las disposiciones vigentes para el control de los Establecimientos Residenciales para Personas Mayores y otros servicios de atención gerontológica, en materia de higiene, seguridad, salubridad y funcionamiento;
Que, es...
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