Decreto N° 965/05

FirmantesIbarra-Feletti-Gorgal-Stern-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 4 de Julio de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 965/ 05

DESOCUPACIÓN DE INMUEBLES - BAUPARK S.A. - SE LA INTIMA A DESOCUPAR EL INMUEBLE DEL PREDIO BAJO PROYECCIÓN DE LA AUTOPISTA 25 DE MAYO (AU-1), ENTRE B. DE IRIGOYEN, TACUARÍ, COCHABAMBA Y AV. SAN JUAN

Buenos Aires, 04/07/2005

Visto el Expediente N° 64.326/04, y

CONSIDERANDO:

Que el día 5 de diciembre de 1985, Autopistas Urbanas S.A., en su carácter de concesionaria de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, y el Sr. Carlos Alberto Castelli, suscribieron un contrato de locación con relación al inmueble ubicado bajo proyección de la autopista 25 de Mayo (AU-1), entre las calles Bernardo de Irigoyen, Tacuarí, Cochabamba y Av. San Juan de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos, según la Nomenclatura Catastral es la siguiente: Circunscripción 12, Sección 14, Manzana 70;

Que en el mencionado contrato de locación, que luego fue objeto de una cesión que no alteró el conjunto de derechos y obligaciones contraídas, se estableció (cláusula tercera) que el plazo de duración del mismo sería de cinco (5) años a partir del 1° de diciembre de 1985, venciendo en consecuencia el 30 de noviembre de 1990;

Que además, en la cláusula tercera se dispuso que luego de vencido el plazo contractual establecido en la segunda cláusula, el mismo podría ser prorrogado por un período adicional de cinco (5) años a opción de la locataria;

Que el día 15 de diciembre de 1987, la UTE conformada por las firmas Huarte Empresa Argentina de Cemento Armado y empresa Constructora Indeco, prestó expresa autorización para que el Sr. Carlos Alberto Castelli, locatario del contrato de locación originario, cediera sus derechos y obligaciones emanados del contrato de fecha 5/12/85;

Que en fecha 9 de abril de 1990, la referida UTE y Baupark S.A. celebraron una cláusula de reformulación del contrato de locación suscripto el 5 y 26 de diciembre de 1985 y el 15 de diciembre de 1987, en cuanto a que al operarse el vencimiento del plazo de locación contractualmente establecido el 30 de noviembre de 1990, la locataria según lo establecido en la cláusula tercera, optó por prorrogar el contrato por un plazo de 5 años más; además de convenir ambas partes que, una vez vencido dicho plazo, la locataria podría optar por prorrogarlo por otro plazo similar;

Que asimismo y con fecha 30 de agosto de 1990 las mismas partes formalizaron la ampliación del destino de la locación del predio, para que se agregue a los definidos en la cláusula sexta...

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