Decreto N° 897/05

FirmantesIbarra-Feletti-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición14 de Junio de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 897/ 05

ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACIÓN AL REGISTRO DE LICENCIAS DE AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO - REGLAMENTACIONES PROCEDIMIENTOS - DELEGACIÓN DE FACULTADES - SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - PLAZOS -

Buenos Aires, 14/06/2005

Visto el Expediente N° 44.100/04, la Ordenanza N° 41.815, los Decretos Nros. 2.919-MCBA/92, 132-GCABA/96, las Resoluciones Nros. 118-SSTyT/92, 87-SSPS/96, 528-SPYSySG/97, 14-SSTyT/00, 293-SSTyT/03 y;

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza N° 41.815 estableció el régimen de funcionamiento y control del servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro en el ámbito de la ex - Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Ordenanza N° 43.880 (B.M. N° 18.721) creó el Registro General de Automóviles de Alquiler con Taxímetro a fin de regularizar de manera definitiva el padrón de licencias de taxis;

Que como consecuencia de lo dispuesto por la ordenanza citada en el considerando anterior, se convocó a los titulares de licencias de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, al Reempadronamiento General de Taxis con el objeto de que acrediten su derecho a prestar el servicio;

Que las anomalías observadas durante la ejecución de dicho reempadronamiento, generaron la promoción de un sinnúmero de reclamos y recursos administrativos orientados a la inclusión de vehículos en el padrón de licencias de taxis;

Que ante dicha situación la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires dictó la Resolución N° 118-SSTyT/92 por medio de la cual se suspendió hasta la publicación definitiva del padrón de licencias de taxis, la detención y desafectación del automotor de dicho servicio, beneficio que sólo se otorgaría a los titulares que hubiesen realizado el pertinente reclamo para su inclusión en el padrón;

Que dicha medida originó el otorgamiento por parte de la ex Municipalidad de los denominados permisos provisorios, precarios y revocables a favor de los titulares de los recursos interpuestos hasta tanto se publicara el padrón definitivo;

Que si bien la naturaleza jurídica de los permisos otorgados oportunamente revisten carácter provisorio, precario y revocable, la administración en uso de facultades discrecionales, fundó, desde el inicio, su otorgamiento como medida paliativa hasta tanto resolviera los recursos o reclamos interpuestos, garantizando la continuidad laboral;

Que a su turno por Decreto N° 2.919/92 la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, publicó el registro de licencias de automóviles de alquiler con taxímetro conformada por un total de 37.899 licencias;

Que asimismo la norma citada en el considerando anterior, estableció que toda incorporación al registro, debería ser dispuesta únicamente mediante norma de igual rango, cuando mediare la procedencia de recursos administrativos u orden judicial;

Que en tal inteligencia, si bien la administración dio a conocer la cantidad de licencias que conformaban el padrón, dejó a salvo la futura incorporación al mismo en aquellos casos en los que mediare resolución favorable del recurso interpuesto u orden judicial;

Que la administración en el complejo proceso de revisión iniciado, permitió la renovación de los permisos precarios y provisorios a aquellos recurrentes que cumplieran con las exigencias previstas en el artículo 6° de la Ordenanza N° 41.815, a los efectos de menguar las consecuencias en la etapa...

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