Decreto N° 702/05

FirmantesIbarra-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición27 de Mayo de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 702/ 05

FIJA EL CRONOGRAMA PARA LA FORMULACIÓN DEL PROGRAMA GENERAL DE ACCIÓN DE GOBIERNO, EL PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES 2006-2008 Y EL PRESUPUESTO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD PARA EL EJERCICIO 2006 EXPEDIENTE N° 17.821/05 - FIJA CRONOGRAMA - DELEGACIÓN DE FACULTADES - SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS - APROBACIÓN DE NORMAS - PROCEDIMIENTOS

Buenos Aires, 27/05/2005

Visto el artículo 53 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 50 de la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que las mencionadas normas disponen la presentación del Proyecto de Ley de Presupuesto ante el Poder Legislativo antes del 30 de septiembre del año anterior al que regirá;

Que, asimismo, conforme lo establecido en el artículo 21 de la citada Ley N° 70 y su reglamentación, Decreto N° 1.000-GCABA/99, junto con la Ley de Presupuesto deben ser aprobados el Programa General de Acción de Gobierno y el Plan de Inversiones;

Que, si bien la tarea de coordinación de la formulación presupuestaria es responsabilidad directa de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, en su carácter de órgano rector de los Sistemas de Gestión y Administración Financiera, la integralidad del enfoque económico y fiscal requiere, en esta etapa del proceso presupuestario, la participación de los distintos organismos que conforman el Gobierno de la Ciudad;

Que, con el fin de programar adecuadamente las acciones que permitan hacer efectiva esa participación, resulta necesario fijar las fechas de inicio y finalización de las actividades relevantes en el proceso de Formulación del Programa General de Acción de Gobierno, el Plan Plurianual de Inversiones 2006-2008 y el Presupuesto del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2006;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Fíjase el cronograma para la Formulación del Programa General de Acción de Gobierno, el Plan Plurianual de Inversiones 2006-2008 y el Presupuesto del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2006, Anexo al presente decreto y que, a todos sus efectos, forma parte integrante del...

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