Decreto N° 648/05

FirmantesIbarra-Albamonte
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 648/ 05

DESESTIMACIÓN DE RECURSOS - JOAQUÍN LOURENCO - SE DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 3.117-SHYF/04 - CONDONACIÓN DE DEUDA - CONTRIBUCIONES ABL - ALUMBRADO, BARRIDO Y LIMPIEZA Y DE PAVIMENTOS Y ACERAS - INMUEBLE - CALLE GALVÁN 2961

Buenos Aires, 06/05/2005

Visto el Expediente N° 73.456/98 y;

CONSIDERANDO:

Que en dicho actuado el señor Joaquín Lourenco interpone recurso jerárquico contra la Resolución N° 3.117-SHyF/04 que denegara su solicitud de condonación de deuda por las Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza y de Pavimentos y Aceras correspondientes al inmueble sito en la calle Galván 2961;

Que es del caso destacar que el administrado manifiesta la imposibilidad de pagar las Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial, Pavimentos y Aceras, que le fueran notificadas por modificaciones en el estado de empadronamiento del inmueble referenciado, atento un estado de imposibilidad económica de abonarlo;

Que ahora bien, la facultad de condonar deudas tributarias fue delegada por el Legislador en la Secretaría de Hacienda y Finanzas, disponiendo el artículo 118 del Código Fiscal (T.O. 2004): La Secretaría de Hacienda y Finanzas está facultada a condonar impuestos, intereses, tasas, derechos, contribuciones, multas, servicios y servicios especiales por los períodos no prescriptos y en el estado en que se encuentran en los siguientes casos. A las personas físicas con incapacidad de afrontar el pago y que no se hallan encuadradas dentro del régimen de exenciones del presente Código. Para autorizar la condonación la Dirección General solicita a la Subsecretaría de Coordinación Plan Social Integral de la Secretaría de Desarrollo Social una evaluación socio ambiental del solicitante, la cual es emitida dentro del plazo de treinta (30) días de recibido el requerimiento, en ella se determinan las condiciones del mismo y la factibilidad de acceder a lo peticionado...;

Que cabe señalar que el procedimiento establecido en el art. 118 transcripto precedentemente, fue cumplimentado al efectuarse la correspondiente evaluación socio-económica del solicitante, en la que se consigna la situación económica por la que atraviesa el peticionante y su grupo...

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