Decreto N° 561/05
Firmantes | Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 21 de Abril de 2005 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 561/ 05
INMUEBLE GARIBALDI 2042/48 - SE AUTORIZA SU COMPRA - ASOCIACIÓN DE FOMENTO Y CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS VUELTA DE ROCHA - BOLETO DE COMPRAVENTA
Buenos Aires, 21/04/2005
Visto el Expediente N° 10.236/05, y
CONSIDERANDO:
Que, por la referida actuación tramita la aprobación de la operación de compraventa correspondiente al inmueble sito en la calle Garibaldi 2042/2048 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y cuyo boleto de compraventa fuera oportunamente suscripto entre el señor Secretario de Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los Sres. Cuello, Pedro Ambrosio y Urquiza, Hugo Daniel;
Que, tal como se desprende del estudio de título realizado por la Escribanía General, el citado inmueble fue adquirido por los últimos mencionados, sus actuales titulares, mediante subasta judicial ordenada en los autos caratulados Cuello, Pedro Ambrosio c/ Prosol de Courtade y Nave Soc. de hecho y otros s/Despido (Expediente N° 2.602/94) en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 66, en virtud de la cual se ordenó la desocupación del citado inmueble librándose el respectivo mandamiento de lanzamiento;
Que, cabe destacar, que en dicha propiedad se encuentra ubicada la Asociación de Fomento y Cuerpo de Bomberos Voluntarios Vuelta de Rocha, quienes desempeñan un papel fundamental para el mantenimiento de la seguridad en la zona sur de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que entre los deberes constitucionales del Jefe de Gobierno, se encuentra el de promover …el desarrollo de las organizaciones no gubernamentales, cooperativas, mutuales y otras que tiendan al bienestar general… (art. 104 inc. 29 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires);
Que huelga decir que se logró la suspensión del lanzamiento mediante la suscripción del boleto de compraventa que se ratifica y que como Anexo forma parte del presente decreto, por el término de sesenta días;
Que, atento a la orden de desocupación, la importancia que reviste dicha asociación, y las facultades otorgadas por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Jefe de Gobierno para promover el desarrollo de entidades que tiendan al bienestar general -como lo es la Asociación de Fomento y Cuerpo de Bomberos Voluntarios Vuelta de Rocha-, resulta necesaria la adquisición del...
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