Decreto N° 564/05

FirmantesIbarra-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición26 de Abril de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 564/ 05

APRUEBA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS - PROYECTO PREVENCIÓN VIH - SIDA EN MUJERES EN SITUACIÓN DE POBREZA - PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE UNIDADES PRODUCTIVAS - ASOCIACIÓN DE LUCHA CONTRA LA BULIMIA Y LA ANOREXIA - ALUBA - PARROQUIA DE SAN PATRICIO

Buenos Aires, 26/04/2005

Visto el Expediente N° 17.804/05, y

CONSIDERANDO:

Que debe darse reflejo presupuestario a los recursos provenientes del convenio con el PNUD con destino a las actividades del Proyecto Prevención VIH-SIDA en Mujeres en Situación de Pobreza a cargo de la Dirección General de la Mujer dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social;

Que, por otra parte, deben realizarse distintas modificaciones presupuestarias, entre ellas la trasferencia de créditos destinados a subsidios para PyMES al Programa Fortalecimiento de Unidades Productivas de la Dirección General de Microemprendimientos, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social;

Que, asimismo, es menester efectuar las compensaciones crediticias necesarias para que la Secretaría de Salud pueda atender el subsidio otorgado por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, mediante la Ley N° 1.596, a la Asociación de Lucha contra la Bulimia y la Anorexia (ALUBA) y la Secretaría de Cultura pueda dar reflejo presupuestario al subsidio otorgado, por la Ley N° 1.667, a la parroquia de San Patricio con destino a la confección y emplazamiento de un monumento en homenaje a los Mártires Palotinos asesinados por la dictadura militar el 4 de julio de 1976;

Que el presente se dicta en uso de las facultades emergentes de la Ley N° 1.544, promulgada por Decreto N° 2.297-GCBA/04 (B.O. N° 2099), por la cual se aprobó el presupuesto de la administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2005, distribuido por el Decreto N° 2.395-GCBA/04 (B.O. N° 2105);

Por ello,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébase la modificación de créditos obrante en el Anexo que, a todos sus efectos, forma parte integrante del presente.

Artículo 2°

El...

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