Decreto N° 195/05

FirmantesIbarra-Epszteyn-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición18 de Febrero de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 195/ 05

APRUEBA EL ACTA ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD, EL CEAMSE Y LAS EMPRESAS PRESTATARIAS DEL SERVICIO PÚBLICO DE HIGIENE URBANA - APROBACIÓN - COORDINACIÓN ECOLÓGICA ÁREA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL ESTADO - EMPRESAS - CLIBA INGENIERÍA S.A - AESA ASEO Y ECOLOGÍA S.A - FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS S.A - UTE TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I Y F - ASHIRA S.A - UTE ECOHABITAT S.A - EMEPA S.A - UTE E INDUSTRIA METALÚRGICA PESCARMONA S.A.I.C Y F - MARTÍN Y MARTÍN S.A - UTE - SERVICIO PÚBLICO DE HIGIENE URBANA - LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL 6-03 - CONDICIONES GENERALES DE LOS SERVICIOS - EQUIPAMIENTO - SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE DATOS

Buenos Aires, 18/02/2005

Visto el Expediente N° 3.768/05, y

CONSIDERANDO:

Que en el mencionado actuado tramita un Acta Acuerdo suscripta entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el señor Secretario de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE), y las empresas Cliba Ingenieria S.A., Aesa Aseo y Ecología S.A. - Fomento de Construcciones y Contratas S.A. - UTE, Transportes Olivos S.A.C.I. y F. - Ashira S.A. - UTE, Ecohabitat S.A. - Emepa S.A. - UTE, e Industria Metalúrgica Pescarmona S.A.I.C. y F. - Martín y Martín S.A. - UTE, en su carácter de contratistas de la licitación pública nacional e internacional N° 6/03 para la prestación del Servicio Público de Higiene Urbana;

Que, en su carácter de adjudicatarias del Servicio de Higiene Urbana de la licitación pública nacional e internacional N° 6/03, y conforme lo establecido en el pliego de bases y condiciones generales y particulares, Anexo VII - Condiciones generales de los servicios, Sección 1: Equipamiento. De los sistemas de comunicación, Sistemas de transmisión de datos, las contratistas tienen la obligación contractual de proveer un sistema de transmisión de datos que permita la conexión entre cada una de ellas, las estaciones de transferencia, el/los predios de disposición final, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la inspección, de manera de garantizar en tiempo real la identificación de todos los datos exigidos en el pliego de cada una y todas las pesadas que se efectúen al ingreso y egreso de cada una de las unidades afectadas a la prestación en los sectores que se autoricen para cada servicio;

Que CEAMSE ha propuesto...

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