Decreto N° 260/05

FirmantesIbarra-Feletti-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Febrero de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 260/ 05

SE DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO INTERPUESTO POR CRISTINA VÁSQUEZ DE CELSO CONTRA LA RESOLUCIÓN 591-SOYSP-01 - DESESTIMACIÓN - RECLAMO DE PAGO DE DAÑOS POR TEMPORAL

Buenos Aires, 22/02/2005

Visto el Expediente N° 39.087/01, y;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 591-SOySP/01 se desestimó y reclamo formulado por la Sra. Raquel Cristina Vásquez de Celso, en relación con su pretensión de resarcimiento por los daños que habría sufrido la propiedad ubicada en la calle Olazábal 3151, dto. 5 P.B., de esta Ciudad de Buenos Aires, como consecuencia del temporal acaecido el día 24 de enero de 2001;

Que para resolver la cuestión suscitada se tuvo en cuenta que la reclamante en su primera presentación adjuntó elementos que no resultaron suficientes para acreditar el hecho denunciado;

Que la Sra. Raquel Cristina Vásquez de Celso planteó con fecha 19 de septiembre recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio contra la citada resolución;

Que por Resolución N° 692-SOySP/02 se desestimó el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución N° 591-SOySP/01;

Que la requirente fue notificada de la misma el día 1°/10/02, conforme surge de la cédula de notificación obrante a fs. 79;

Que elevadas las actuaciones a esta jurisdicción, con fecha 18 de diciembre de 2002 la recurrente fue notificada del derecho que le confiere el art. 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos;

Que de lo actuado surge que la misma no procedió a ampliar o mejorar los fundamentos del recurso jerárquico interpuesto en subsidio, en los términos del artículo antes citado;

Que la resolución recurrida se ajusta a derecho dado que al emitir la misma se han evaluado todas las constancias acompañadas por el reclamante en su primera presentación, las que no resultan suficientes para probar el hecho denunciado;

Que ha intervenido la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires pronunciándose en el sentido supra expuesto;

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el...

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