Decreto n° 333

EmisorMinisterio de Ambiente y Obras Publicas
Fecha de la disposición29 de Marzo de 0007

DECRETO Nº 333

Mendoza, 1 de marzo de 2007.

Vistos el expediente Nº 9938-R-2006-00020 y sus acumulados Nros. 4769-D-1999-30009, 481-R-2003-00020, 11-R-2005-30091 y 4040-R-2005-30091, en el primero de los cuales el Arquitecto Juan Manuel Rengel, ex agente de la Dirección Provincial de Vialidad, interpone formal Recurso de Alzada contra la Resolución Nº 950 dictada por el Consejo Ejecutivo de la Dirección Provincial de Vialidad en fecha 31 de agosto de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que el recurso ha sido presentado en legal tiempo y forma a tenor de lo dispuesto por el Artículo 183 de la Ley 3909 y en tanto se considere que se reabrió la instancia administrativa con la presentación del "hecho nuevo" de fojas 28 del Expediente Nº 4040-R-2005-30091, por lo que debe admitirse en el aspecto formal.

Que analizadas las piezas administrativas acumuladas al expediente principal y los reiterados

e infructuosos intentos realizados por el Arquitecto Rengel en pos de lograr el otorgamiento de la indemnización por invalidez, la que no se le ha concedido por no cumplir con los requisitos legales previstos en la Ley Nº 20.320, Convención Colectiva de Trabajo 55/89, Leyes Nros. 5563 y 6063, la Asesoría Legal del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas comparte el dictamen emitido por la Asesoría Legal de la Dirección Provincial de Vialidad, obrante a fojas 79/80 del Expediente Nº 4040-R-2005-30091, respecto de la falta de entidad del hecho presentado como nuevo y del agotamiento de la vía administrativa con el dictado del Decreto Nº 2854/05.

Que son numerosos los dictámenes legales de distintos organismos y las normas legales emitidas en consecuencia que mantienen un mismo criterio desfavorable a la solicitud de indemnización por...

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