Decreto N° 75/05

FirmantesIbarra - Stern - Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición14 de Enero de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 75/ 05

VETA EN FORMA TOTAL EL PROYECTO DE LEY N° 1.561 - CREA EL PROGRAMA PORTEÑO DE SOSTÉN NUTRICIONAL, A IMPLEMENTARSE EN RECIÉN NACIDOS PREMATUROS, CON POSTERIORIDAD A SU EXTERNACIÓN

Buenos Aires, 14/01/2005

Visto el Proyecto de Ley N° 1.561 y el Expediente N° 82.077/04, y

CONSIDERANDO:

Que la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su sesión de fecha 9 de diciembre de 2004, sancionó el Proyecto de Ley indicado en el visto, a través del cual crea el Programa Porteño de Sostén Nutricional, a implementarse en recién nacidos prematuros, con posterioridad a su externación, tengan o no retardo del crecimiento intrauterino o post natal, nacidos en los Hospitales del Subsector Estatal;

Que, a los fines de la ley, se define como prematuro al niño que nace antes de las 37 semanas de gestación, ya sea de bajo peso (menos de 2.500 gramos) o de muy bajo peso (menos de 1.500 gramos);

Que, según se desprende del art. 6° del proyecto de norma en comentario, el sostén alimentario previsto en el Programa consistirá en la cobertura de las necesidades nutricionales del niño, así como de su atención médica, considerándose incluidas a las vacunas especiales y los medicamentos necesarios en caso de enfermedad, estableciéndose además que el sostén se extenderá durante los dos primeros años de vida;

Que, por otro lado, se prevé la constitución de una Comisión de Asesoramiento Permanente cuyo objetivo será el seguimiento del Programa, debiendo coordinar a ese efecto sus actividades con Redes de Salud, en estrecha colaboración con la Red de Neonatología;

Que, por último, el Proyecto de Ley dispone que los Programas y Subprogramas con fines similares, ya existentes en las Secretarías de Salud y Desarrollo Social, deberán ser readecuados o redimensionados, nominándose a la Secretaría de Salud como Autoridad de Aplicación de la norma, en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Social;

Que, en primer lugar, corresponde poner de resalto que tal cual se encuentra concebido el Programa Porteño de Sostén Nutricional se estaría afectando la promoción de la lactancia materna, la cual se encuentra garantizada por la Constitución de la Ciudad;

Que, en ese sentido, de acuerdo al informe técnico elaborado por el Departamento Materno Infantil, dependiente de la Dirección General Adjunta de Atención Primaria de la Salud de la Secretaría de Salud, la evidencia científica a nivel internacional demuestra que la leche materna es el alimento ideal para el recién nacido, responde al diseño natural de la especie y, además, está acreditado que los niños de 0 a 2 meses amamantados, tienen 18 veces menos riesgo de enfermar de diarrea que los alimentados con fórmula artificial (ver Popkins, Pediatrics, 1990);

Que otros trabajos científicos también demostraron que, a lo largo de una serie de seguimiento de 10 años, los niños prematuros alimentados con leche de su madre desarrollaban un nivel de inteligencia...

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