Decreto N° 2425/04
Firmantes | Ibarra-Stern-Albamonte-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 30 de Diciembre de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 2425/ 04
APRUEBA EL ACTA ACUERDO SUSCRIPTA CON MEJORAMIENTO HOSPITALARIO S.A. - OBRAS - MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE LOS HOSPITALES - HOSPITAL PIROVANO, HOSPITAL DE ONCOLOGÍA MARIE CURIE - HOSPITAL DE QUEMADOS - HOSPITAL DE EMERGENCIAS PSIQUIÁTRICAS ALVEAR - APROBACIÓN
Buenos Aires, 30/12/2004
Visto el Expediente N° 41.723/03, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Registro N° 5.430-SS/03 de fecha 21 de mayo de 2003, la Empresa Mejoramiento Hospitalario S.A. reclamó al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la readecuación de los precios básicos fijados entre las partes en relación con el contrato de Obras, Mantenimiento y Limpieza de los Hospitales: General de Agudos Dr. Ignacio Pirovano, de Oncología Dra. Marie Curie, de Quemados y de Emergencias Psiquiátricas Dr. Marcelo T. de Alvear;
Que en dicha presentación la referida empresa señaló la dificultad de seguir prestando el servicio con precios que juzga totalmente desactualizados en razón de las variaciones producidas, tanto en la mano de obra como en los materiales;
Que del análisis efectuado a partir de los antecedentes presentados por el reclamante, la Comisión creada a tal efecto en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires concluyó que el incremento de costos sufrido por la misma al mes de mayo de 2003, representó el 20,50%;
Que la citada Comisión aconsejó que la readecuación de precios debería materializarse a través de un Acta Acuerdo a suscribirse entre las partes, ad referéndum del Acto Administrativo del señor Jefe de Gobierno que ratifique la misma, temperamento que ha sido compartido por la Secretaría de Salud;
Que en función de razones de oportunidad, mérito y conveniencia y con sustento en el principio del sacrificio compartido, la Secretaría de Salud ha considerado que el incremento a reconocer debería establecerse en el 15% sobre los precios vigentes establecidos entre las partes;
Que las partes de común acuerdo han suscripto la correspondiente Acta Acuerdo, ad referéndum del señor Jefe de Gobierno;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención correspondiente;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo suscripta con fecha 1° de abril de 2004 por el señor...
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