Decreto N° 2302/04

FirmantesIbarra-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición21 de Diciembre de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 2302/ 04

ESTABLECE QUE A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2005, LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTADURÍA SERÁ EL ORGANISMO COMPETENTE PARA RECEPCIÓN, REGISTRACIÓN Y APLICACIÓN DE CESIONES DE CRÉDITO PRESENTADAS POR ACREEDORES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - OTORGAMIENTO DE COMPETENCIAS - DIRECCIÓN GENERAL DE CONTADURÍA - RECEPCIÓN - REGISTRACIÓN - APLICACIÓN DE LAS CESIONES DE CRÉDITO - ACREEDORES - MODIFICACIÓN

Buenos Aires, 21/12/2004

Visto el Decreto N° 5.905/87 de la ex MCBA (B.M. N° 18.157), la Ley N° 70 (B.O. N° 539), reglamentada por Decreto N° 1.000/GCBA/99 (B.O. N° 704), y el Expediente N° 75.123/04, y;

CONSIDERANDO:

Que por el citado Decreto se dictaron las normas para las notificaciones de las cesiones de crédito y de las prendas comerciales de certificados de obras públicas;

Que por la Ley N° 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre los cuales se encuentra el Sistema de Contabilidad;

Que el artículo 114 de la citada Ley establece que la Dirección General de Contaduría es el órgano rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental, responsable de dictar normas, poner en funcionamiento y mantener dicho sistema en todo el ámbito del Sector Público;

Que esta Administración se encuentra en la etapa de organización, implementación y puesta en marcha del nuevo Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF);

Que a los fines de un mejor ordenamiento administrativo, resulta necesario el dictado de la normativa tendiente a adecuar las rutinas de procedimiento en la materia, en el marco de la legislación vigente y conforme las herramientas que brinda el nuevo sistema informático;

Que, en tal sentido, se entiende conveniente asignar a la Dirección General de Contaduría la competencia para la recepción, registración y aplicación de las cesiones de crédito presentadas por acreedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como procederse a la modificación del Decreto N° 5.905/87 de la ex MCBA, adaptando sus términos a las nuevas exigencias;

Que, por otro lado, razones de economía administrativa aconsejan facultar a la Secretaría de Hacienda y Finanzas, órgano rector de los Sistemas de Gestión y Administración Financiera...

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