Decreto N° 2287/04

FirmantesIbarra-Capaccioli-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición20 de Diciembre de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 2287/ 04

AUTORIZACIÓN DE COMPRAS - COMPRAS DE INMUEBLES - BIENES INMUEBLES - ADQUISICIÓN DE LOS INMUEBLES SITOS EN LA AV. RAÚL SCALABRINI ORTIZ 1250/52 Y 1262/64, DESTINADOS A LA SEDE DEL CENTRO DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN N° 14 ESTE - CGP 14 -

Buenos Aires, 20/12/2004

Visto el Expediente N° 60.130/2004, el Decreto-Ley N° 23.354/56 (Ley de Contabilidad), su Decreto Reglamentario N° 5.720/PEN/72 y sus modificatorios Decretos Nros. 383/PEN/73, 825/PEN/88, 826/PEN/88 y 827/PEN/88, de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo establecido por la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70 (B.O.C.B.A. N° 539); y,

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación tramita la adquisición de dos inmuebles con destino a la instalación de la nueva sede del Centro de Gestión y Participación N° 14 Este dependiente de la Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana;

Que resulta oportuno destacar que en la actualidad el Centro de Gestión y Participación N° 14 Este se encuentra fuera de su radio de acción toda vez que comparte las instalaciones con su similar N° 2 Norte y el Consejo de la Magistratura, funcionando en el inmueble ubicado en avenida Coronel Díaz 2110;

Que sobre el particular corresponde señalar que de las constancias obrantes en autos surge que el Presidente del Consejo de la Magistratura ha solicitado el traslado del Centro de Gestión y Participación N° 14 Este a fin de poder comenzar las obras de remodelación e instalación de los nuevos Juzgados en el precitado edificio;

Que teniendo en consideración que las impostergables necesidades del servicio justifican la compra de los inmuebles de que se trata, como así también su ubicación y características, nada obsta a abonar por el mismo una suma que excede en un porcentaje del 1,05%, respecto de la tasación efectuada por el Banco Ciudad de Buenos Aires a tenor de lo dispuesto por el artículo 56, apartado 4 del Decreto N° 5.720/PEN/72;

Que para efectuar el presente llamado, de conformidad con lo establecido por el Decreto N° 791/GCBA/2003 (B.O.C.B.A. N° 1718) resulta competente el señor Jefe de Gobierno;

Que la compra objeto de las presentes actuaciones encuadra en lo establecido en el Decreto N° 5.720/PEN/72 y sus modificatorios, de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo a la...

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