Decreto N° 2212/04

FirmantesIbarra-Stern-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 7 de Diciembre de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 2212/ 04

APRUEBA EL ACTA ACUERDO CELEBRADA ENTRE EL GOBIERNO D LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES LA EMPRESA POLIEQUIPOS CIIMS S.A. - INDALTEC SA UTE PARA LA READECUACIÓN DE PRECIOS DEL SERVICIO PRESTADO POR LA CITADA EMPRESA - SECRETARÍA DE SALUD - APROBACIÓN DE ACTAS - RENEGOCIACIÓN DE CONTRATOS - CONTRATO DE OBRAS MATENIMIENTO Y LIMPIEZA - HOSPITAL MUÑIZ - HOSPITAL PENNA

Buenos Aires, 07/12/2004

Visto el Expediente N° 41.729/03, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Registro N° 4.522/SS/03 de fecha 24 de abril de 2003, la Empresa Poliequipos Ciims S.A. - Indaltec S.A. U.T.E., reclamó al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la readecuación de los precios básicos fijados entre las partes en relación con el Contrato de Obras, Mantenimiento y Limpieza de los Hospitales de Infecciosas Dr. Francisco J. Muñiz y General de Agudos Dr. José M. Penna;

Que en dicha presentación la referida empresa señaló la dificultad de seguir prestando el servicio con precios que juzga totalmente desactualizados en razón de las variaciones producidas, tanto en la mano de obra como en los materiales;

Que del análisis efectuado a partir de los antecedentes presentados por el reclamante, la Comisión creada a tal efecto en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires concluyó que el incremento de costos sufrido por la misma al mes de mayo de 2003, representó el 20,03%;

Que la citada Comisión aconsejó que la readecuación de precios debería materializarse a través de un Acta Acuerdo a suscribirse entre las partes, ad referéndum del Acto Administrativo del señor Jefe de Gobierno que ratifique la misma, temperamento que ha sido compartido por la Secretaría de Salud;

Que en función de razones de oportunidad, mérito y conveniencia y con sustento en el principio del sacrificio compartido, la Secretaría de Salud ha considerado que el incremento a reconocer debería establecerse en el 15% sobre los precios vigentes establecidos entre las partes;

Que las partes de común acuerdo han suscripto la correspondiente Acta Acuerdo, ad-referéndum del señor Jefe de Gobierno;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención correspondiente;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo...

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