Decreto N° 247/LCABA/04
Firmantes | De-Estrada-Moscariello |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 4 de Octubre de 2004 |
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 247/ LCABA/ 04
DECLARA DE LEGÍTIMO ABONO EL GASTO EFECTUADO A FAVOR DE LA FIRMA HIJOS DE GARBER S.R.L. POR TRABAJOS REALIZADOS EN LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PAGO DE GASTOS - RECONOCIMIENTO DE TRABAJOS - CONTRATACIÓN DIRECTA 86/03 - CINTAS ANTIDESLIZANTES PARA ESCALERAS
Buenos Aires, 04/10/2004
Visto el Expediente N° 20.306/SA/03, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 705/SA/03 (fs. 39/40) se aprobó la Contratación Directa N° 86/03, por la cual se adjudicó a la empresa Hijos de Garber S.R.L. la provisión y colocación de cintas antideslizantes en las escaleras que rodean a los ascensores N° 10, 11 y 13, desde el Subsuelo hasta el cuarto piso;
Que por un error en la identificación de la escalera número 13, según manifiesta la reclamante Hijos de Garber S.R.L. a fs. 48, se ejecutó dicho trabajo en la escalera denominada Montacargas;
Que no obstante ello y a fin de cumplir con lo establecido en la mencionada Orden de Provisión, la adjudicataria también ejecutó el trabajo contratado en la precitada escalera número 13;
Que a fs. 50 y 61 la Dirección General de Obra Área Operativa y Mantenimiento manifiesta que lo afirmado por la reclamante es veraz en cuanto a los trabajos realizados y que los mismos son necesarios ya que con ellos se disminuye el riesgo de accidentes en las escaleras;
Que a fs. 51 la referida empresa reitera su pedido de facturar los trabajos no contratados;
Que a fs. 54/56 la Dirección General de Asuntos Jurídicos emite Dictamen N° 157/DGAJ/04, sosteniendo que la Administración debería evitar un enriquecimiento sin causa, por lo que si existen razones de oportunidad, mérito o conveniencia correspondería pagarse por ello, previo a que se establezca con precisión el trabajo efectivamente contratado y realizado conforme a pliego y el realizado y no autorizado;
Que a fs. 58 y 60 la Dirección General de Obras, Área Operativa y Manteniendo justiprecia el trabajo ejecutado sin contrato en la escalera denominada Montacargas, en la suma total de pesos un mil ciento ochenta y siete con cincuenta centavos ($1.187,50), en concepto de materiales empleados y mano de obra por colocación; acompaña croquis de donde surge la ubicación de ambas escaleras;
Que a fs. 61 la precitada Dirección General ratifica lo expuesto en sus intervenciones anteriores y aclara lo requerido en el mencionado...
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