Decreto N° 1403/04

FirmantesIbarra-Epszteyn-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición10 de Agosto de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1403/ 04

APRUEBA LA COMPRA DIRECTA DEL INMUEBLE SITO EN LA CALLE DARWIN 1368-70 - COMPRA DE INMUEBLES - INMUEBLES DEL GOBIERNO - AV. CÓRDOBA 5401 - CAROLINA SANTELLA Y LAUDONIO - ELSA EMILIA - EDUARDO LAZZARINI - FERNANDO ALVARADO - DAMIÁN LAZZARINI - INCENDIO - FÁBRICA ESLABÓN DE LUJO - DERRUMBE DE MEDIANERA - CASAS LINDERAS - ALOJAMIENTO PROVISORIO - DAÑOS Y PERJUICIOS

Buenos Aires, 10/08/2004

Visto el Expediente N° 5.571/2004, y;

CONSIDERANDO:

Que los Sres. Carolina Celia Santella y Laudonio, Elsa Emilia, Santella y Laudonio, Eduardo Amílcar Lazzarini, Fernando Ángel Alvarado, Damián Amílcar Lazzarini y Fernando Ezequiel Alvarado, efectuaron presentación en el Expediente indicado en el Visto, expresando que la propiedad sita en Darwin 1368/70 de esta Ciudad, de titularidad de las Sras. Carolina Celia Santella y Laudonio y Elsa Emilia Santella y Laudonio, fue afectada por el incendio acaecido en la finca lindera ubicada en la calle Darwin 1300, de propiedad de la Ciudad de Buenos Aires, acaecido el día 27 de enero de 2004 alrededor de las 0.00 horas;

Que los presentantes expresaron que, en oportunidad del siniestro referido, al escuchar gritos en la casa vecina y ver llamas, desalojaron la propiedad;

Que los recurrentes manifestaron que, a pesar del esfuerzo de los bomberos para contener el incendio, el fuego pasó a su propiedad;

Que los presentantes agregan que posteriormente se produjo el derrumbe de la medianera, la que cayó sobre la planta alta de la propiedad de que se trata, que quedó prácticamente desaparecida, y sobre la primera habitación de la planta baja, que también quedó bajo los escombros;

Que los recurrentes expresan que el resto de la casa se encuentra en peligro de derrumbe, pues manifiestan que las paredes se hallan rajadas y los techos están vencidos, inundados y rajados y con todo el peso de la estructura de la planta alta sobre los mismos;

Que asimismo manifiestan que la propiedad es habitada por dos familias, siendo la casa de dos plantas y habitando una familia en cada planta, expresando que una de las familias está compuesta por Eduardo Amílcar Lazzarini, su esposa Carolina Celia Santella, y el hijo de ambos, Damián Amílcar Lazzarini, y la otra familia está compuesta por Fernando Ángel Alvarado, su esposa Elsa Emilia Santella y el hijo de ambos Fernando Ezequiel Alvarado;

Que en consecuencia solicitan, como solución inmediata, un alojamiento provisorio adecuado y, luego de las evaluaciones periciales que determinen la inhabitabilidad del inmueble, cuantificándose además todos los daños producidos, el pago de una indemnización por todos los daños y perjuicios sufridos más los que pudieran surgir posteriormente no previstos;

Que en el Expediente del Visto luce el Informe Técnico elaborado por el Área de Arquitectura de la Dirección General Administración de Bienes de la Escribanía General, del que surge que el inmueble de propiedad de la Ciudad de Buenos Aires se encontraba a la fecha de producción del Informe (11/2/2004) en proceso de demolición, siendo su grado de avance de un 75% del total de...

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