Decreto N° 999/04

FirmantesIbarra - Feletti - Albamonte - Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición10 de Junio de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 999/ 04

MODIFICACIÓN DE CANTIDAD DE CUOTAS - PLAN DE FACILIDADES DE PAGO - RENOVACIÓN DE CONCESIONES DE TERRENOS - BÓVEDAS EN CEMENTERIOS - CONCESIÓN DE SEPULTURAS - RENOVACIÓN DE LA CONCESIÓN DE BÓVEDAS - TARIFAS - ARANCELES - VALORES

Buenos Aires, 10/06/2004

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Visto el Expediente N° 19.226/03 y el Decreto N° 1.466/GCABA/99 (B.O.C.B.A. N° 750), y

CONSIDERANDO:

Que las renovaciones de concesiones de terrenos para bóvedas en los cementerios públicos de la Ciudad se hallan reglamentadas en el Decreto N° 17.559/51 (AD. 480.5), remitiendo en lo que a arancel se refiere al respectivo ordenamiento tarifario;

Que de la aplicación de los respectivos valores por el término de veinte (20) años que rigen para dichas renovaciones, surgen montos que en muchas oportunidades resultan de muy dificultoso cumplimiento por parte de los requirentes;

Que tal circunstancia conspira contra la continuidad de la prestación social a que están destinadas estas concesiones;

Que a consecuencia de ello, se dictó el Decreto N° 1.466/GCABA/99, por el cual se estableció, con carácter permanente, una modalidad de facilidades de pago de los aranceles por renovación de concesiones de terrenos para bóvedas;

Que ello, no obstante la actual coyuntura, ha tornado exiguo el plazo oportunamente acordado, haciéndose aconsejable su ampliación de modo tal que, sin perjudicar el erario, se posibilite el acceso a las renovaciones de las que se trata;

Que a tal efecto resulta necesario modificar el referido Decreto N° 1.466/GCABA/99;

Que la Procuración General de la Ciudad ha dictaminado en estas actuaciones;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Modifícase el artículo 2° del Decreto N° 1.466/GCABA/1999 (B.O.C.B.A. N° 750), el que quedará redactado de la siguiente forma:

"Art. 2° - Los montos...

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