Decreto N° 827/04

FirmantesIbarra - Perazza - Fernandez
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición12 de Mayo de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 827/ 04

VETO DE LEYES - VETA EL PROYECTO DE LEY 1.324 - LEYES VETADAS - CONFIRMACIÓN - TITULARIZACIÓN DE DOCENTES - INTERINOS - TITULARIZACIÓN AUTOMÁTICA - CONFIRMACIÓN DE TITULARIDAD - AGENTES TITULARES - CARGOS DE ASCENSO - CARGOS DIRECTIVOS - ESCUELAS - CARGOS DOCENTES

Buenos Aires, 12/05/2004

Visto el proyecto de Ley N° 1.324, y el Expediente N° 25.304/04

CONSIDERANDO:

Que la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su sesión de fecha 22 de abril de 2004 sancionó el proyecto de Ley indicado en el Visto, por el cual se prevé confirmar en carácter de titulares a los agentes que, al momento de promulgación de la Ley N° 283, se encontraban desempeñando cargos de ascenso en carácter de interinos y que al momento de la promulgación del proyecto de Ley N° 1.324, continúen desempeñándose en cargos de ascenso, en las escuelas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se indican en su Anexo I;

Que, conforme lo establecido en el artículo 43 de nuestra Constitución local, la Ciudad garantiza un régimen de empleo público que asegura la estabilidad y capacitación de sus agentes, basado en la idoneidad funcional; reconociéndose y organizándose las carreras por especialidad a las que se ingresa y en las que se promociona por concurso público abierto;

Que, de acuerdo a lo expuesto, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha prescripto como requisito para el ingreso y la promoción dentro de la Administración Pública al concurso público, en el entendimiento de que dicho procedimiento garantiza la transparencia en el proceso de las designaciones, así como el reconocimiento a los mayores méritos académicos y profesionales;

Que, en idéntico sentido, el Estatuto del Docente prevé expresamente que el ingreso y la promoción en la carrera docente se efectúa a través del sistema de concurso de antecedentes y oposición;

Que, asimismo cabe consignar que la Ley N° 471, de aplicación supletoria, establece en su Art. 31, como principio de la carrera administrativa, el progreso en la misma ...a través de mecanismos transparentes de selección y concursos;

Que, en virtud de ello, se desprende claramente que el Proyecto de Ley N° 1.324, en cuanto propicia la titularización automática de los agentes que se desempeñen en cargos directivos en carácter interinos, vulnera abiertamente el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como también lo establecido en el Estatuto del Docente, en cuanto exigen el concurso de antecedentes y oposición para la cobertura de los distintos cargos;

Que, el Proyecto de Ley en análisis tiene como antecedente a la Ley N° 283 (y modificatorias), sancionada en el año 1999, mediante la cual se confirmó en carácter de titulares a los docentes interinos, que reunían determinados requisitos de antigüedad y título, en todos los cargos de base y en algunos cargos de ascenso no directivos;

Que, si bien la Ley N° 283 titularizó a los agentes allí consignados sin convocar previamente a concurso...

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