Decreto N° 422/04

FirmantesIbarra-Epszteyn-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2004

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 422/ 04

NORMA DEROGADA - ESTABLECE LA DEPENDENCIA FUNCIONAL DEL PROGRAMA DE RECUPERADORES URBANOS Y RECICLADO DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE LA C.A.B.A. (PRU), EN LA ÓRBITA DE LA SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE, SECRETARÍA DE PRODUCCIÓN, TURISMO Y DESARROLLO URBANO. MODIFICA EL ART. 2° DEL DECRETO N° 622/GCBA/03, B.O. N° 1702 - RELACIÓN FUNCIONAL - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - SERVICIO PÚBLICO DE RECUPERACIÓN DE RESIDUOS

Buenos Aires, 22/03/2004

Visto la Ley N° 992 y los Decretos Nros. 622/GCBA/03, 2.696/GCBA/03 y 2.720/GCBA/03, y el Expediente N° 1.073/04, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 992 declara como un Servicio Público, a los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece, entre otras cosas, que el Poder Ejecutivo incorpora a los recuperadores de residuos reciclables a la recolección diferenciada en el servicio de higiene urbana vigente;

Que por el Decreto N° 622/GCBA/03 se aprobó el Reglamento de la Ley N° 992 y se creó el Programa de Recuperadores Urbanos y Reciclado de Residuos Sólidos Urbanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PRU), designándose como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 992 y de su Decreto Reglamentario a la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano;

Que mediante el dictado de los Decretos Nros. 2.696/GCBA/03 y 2.720/GCBA/03 se modificó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en este sentido, se ha cambiado la denominación de la Secretaría de Desarrollo Económico por la de Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable y se ha suprimido la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano y transifiriendo su patrimonio, personal y presupuesto a la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable;

Que en los citados Decretos se omitió determinar la relación funcional del Programa de Recuperadores Urbanos y Reciclado de Residuos Sólidos Urbanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PRU);

Que, en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que subsane la omisión señalada precedentemente, el cual debe comenzar a regir juntamente con el Decreto N° 2.696/GCBA/03, a fin de evitar un inútil dispendio de actividad administrativa;

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104, incisos 4 y 9 de la Constitución de la Ciudad...

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