Decreto N° 2428/03
Firmantes | Ibarra - Giudici - Albamonte - Fernandez |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 4 de Diciembre de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 2428/ 03
ENCOMIENDA LA DEMOLICIÓN DE OBRAS EJECUTADAS SIN PERMISO EN EL INMUEBLE SITO EN CABELLO 3741, 1° B - DEMOLICIÓN DE OBRAS - OBRAS EN CONTRAVENCIÓN - OBRAS SIN PERMISO
Buenos Aires, 04/12/2003
Visto los Expedientes Nros. 92.459/98, 7.385/99 y 76.777/99 relacionados con la finca sita en la calle Cabello 3741, primer piso, Departamento B, y
CONSIDERANDO:
Que se ejecutaron obras sin permiso y en contravención en la finca de referencia;
Que la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro mediante Disposición N° 2.191/DGFOC/02, procedió a intimar al propietario del inmueble mencionado para que regularice la situación del mismo, bajo apercibimiento de aplicarle una multa, como así también, en su defecto, de proceder a la ejecución de las tareas por administración y a su costa, sin perjuicio de la aplicación de multas periódicas cada treinta (30) días hasta que se materialicen los trabajos intimados, conforme lo establecido en el artículo 2.2.5.2 Demolición o regularización de obras en contravención - Trabajos de emergencia AD 630.14 del Código de la Edificación;
Que se notificó fehacientemente al interesado por cédula de notificación el día 26 de diciembre de 2002;
Que ante el pedido de prórroga de plazo formulado por la propietaria del inmueble de que se trata se dictó la Disposición N° 433/DGFOC/03, no haciendo lugar a lo solicitado, que fue notificada el día 15 de abril de 2003;
Que no obstante el tiempo transcurrido no se dio cumplimiento a lo intimado, resultando infructuosos los procedimientos adoptados hasta el momento;
Que es deber imperativo del Gobierno de la Ciudad el velar por la seguridad y estética públicas, encontrándose las mismas afectadas en el presente, atento a la existencia de obras antirreglamentarias;
Que para el supuesto que no se permitiera el acceso del personal del Gobierno de la Ciudad a la finca precedentemente indicada a efectos de ejecutar las tareas intimadas, corresponderá dar intervención a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que solicite se disponga en sede judicial el allanamiento de la misma para poder llevar a cabo los trabajos que por el presente Decreto se ordenan;
Que ha intervenido la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emitiendo dictamen al respecto;
Por ello y en virtud de las facultades...
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