Decreto N° 2188/03
Firmantes | Ibarra-Fatala-Giudici-Albamonte-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 14 de Noviembre de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 2188/ 03
PRORROGA POR 60 DÍAS LA CAMPAÑA DE DIFUSIÓN SOBRE LAS NORMAS Y LOS SISTEMAS DE CONTROL DE TRÁNSITO VIGENTES - ADVERTENCIAS - INFRACCIONES - COMPORTAMIENTOS PELIGROSOS EN LA VÍA PÚBLICA - SISTEMA DE CONTROL INTELIGENTE DE INFRACCIONES - PROGRAMA DE EDUCACIÓN VIAL - SEMAFORIZACIÓN DE ESQUINAS - CARRILES PARA BICICLETAS - CONTROL DE ALCOHOLEMIA - ACCIDENTES DE TRÁNSITO - FOTOGRAFÍAS - SEMÁFOROS - ACTA DE INFRACCIÓN - LEYENDA POR UN TRÁNSITO SEGURO - 11 DE SEPTIEMBRE - JURAMENTO - ARENALES - LA PAMPA - AVELLANEDA - LA RIOJA - BARTOLOMÉ MITRE - MANUELA PEDRAZA - BILLINGHURST - MARIO BRAVO - BLANCO ENCALADA - MEDRANO - BOYACÁ - MENDOZA - CAMPICHUELO - MIGUELETES - CANGALLO - MITRE - EMILIO - CARLOS CALVO - MONROE - CASTRO BARROS - MORENO - CATAMARCA - MUÑIZ - CDAD. DE LA PAZ - NEUQUÉN - COLOMBRES - RAMALLO - DORREGO - RAMÓN FALCÓN - COMBATE DE LOS POZOS - RÍO DE JANEIRO - ECHEVERRÍA - ROJAS - ECUADOR - ROSARIO - GALVÁN - SALGUERO - GASCÓN - SARMIENTO - GüEMES - TTE. GRAL. PERÓN - IBERÁ - VENEZUELA - JEAN JAURES - VIRREY DEL PINO - JORGE NEWBERY - VIRREY VÉRTIZ - JOSÉ HERNÁNDEZ - YATAY
Buenos Aires, 14/11/2003
Visto el Expediente N° 6.040/03, y
CONSIDERANDO:
Que en el citado Expediente se dictó el Decreto N° 227/GCBA/03 (B.O.C.B.A. N° 1660), encomendando a la Dirección General de Seguridad Vial, dependiente de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y a la Subsecretaría de Comunicación Social, la realización de una campaña de difusión por el plazo de sesenta días, contados desde la publicación de dicho Decreto, en la que se advierta a la comunidad sobre las normas de tránsito vigentes y la intensificación de los sistemas de control de tránsito;
Que asimismo se estableció que los registros fotográficos que se obtengan mediante el Sistema de Control Inteligente de Infracciones sean remitidos a los titulares dominiales de los vehículos con carácter de advertencia, con excepción de aquellos que contravengan las indicaciones de los semáforos;
Que con posterioridad, se dictó el Decreto N° 828/GCBA/03 que incorporó dentro de las conductas a ser sancionadas el exceso de velocidad que supere en más de 20 km/hora el límite de la velocidad máxima permitida;
Que más adelante por Decreto N° 1.731/GCBA/03 se incorporaron como conductas a ser sancionadas las violaciones a las normas de estacionamiento en avenidas y los estacionamientos indebidos considerados graves;
Que el día 13 de noviembre de 2003 venció el plazo establecido en el referido Decreto;
Que la Dirección General de Seguridad Vial, propone incorporar en esta etapa...
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