Decreto N° 2054/03

Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición30 de Octubre de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 2054/ 03

ENCOMIENDA A LAS DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO Y DE GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS, LA DEMOLICIÓN DE OBRAS EN EL INMUEBLE DEMOLICIÓN DE OBRAS , OBRAS EN CONTRAVENCIÓN - OBRAS SIN PERMISO

Buenos Aires, 30/10/2003

Visto el Expediente N° 45.812/02, relacionado con la finca sita en la calle Posadas 1552/56, piso 2°, Unidad Funcional N° 5, y

CONSIDERANDO:

Que se ejecutaron obras sin permiso y en contravención en la finca de referencia;

Que la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, mediante Disposición N° 1.745/DGFOC/01 (fs. 18), procedió a intimar al propietario del inmueble mencionado para que regularice la situación del mismo, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de las tareas por administración y a su costa, sin perjuicio de la aplicación de multas periódicas cada treinta (30) días hasta que se materialicen las mismas, conforme lo establecido en el artículo 2.2.5.2 Demolición o regularización de obras en contravención - Trabajos de emergencia del Código de Edificación, AD 630.14;

Que se notificó fehacientemente al interesado por cédula de notificación el día 1° de noviembre de 2001;

Que no obstante el tiempo transcurrido no se dio cumplimiento a lo intimado, resultando infructuosos los procedimientos adoptados hasta el momento;

Que es deber imperativo del Gobierno de la Ciudad el velar por la seguridad y estética públicas, encontrándose las mismas afectadas en el presente, atento a la existencia de obras antirreglamentarias;

Que para el supuesto de que no se permitiera el acceso del personal del Gobierno de la Ciudad a la finca precedentemente indicada a efectos de ejecutar las tareas intimadas, corresponderá dar intervención a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que solicite se disponga en sede judicial el allanamiento de la misma para poder llevar a cabo los trabajos que por el presente Decreto se ordenan;

Que ha intervenido la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emitiendo Dictamen P.G. N° 15.309, obrante a fs. 37/38 de estos actuados;

Por ello y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 104 y los deberes atribuidos por el artículo 105 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

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