Decreto N° 1842/03
Firmantes | Ibarra-Albamonte-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 10 de Octubre de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1842/ 03
OTORGA UN SUBSIDIO A FAVOR DEL SR. MANUEL M. SOTO PARA ACOMPAÑAR AL MENOR PATRICIO DEL OLMO, AL MUNDIAL DE JUEGOS EN RED DE COREA - OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - PAGO DE PASAJES - REPRESENTACIÓN DE LA CIUDAD - TORNEO DE LA WORLD CYBER GAMES - PARQUE OLÍMPICO DE LA CIUDAD DE SEÚL - CENTRO METROPOLITANO DE DISEÑO - FESTIVAL DE DISEÑO INTERACTIVO DIBA03 - TORNEO DE JUEGOS EN RED - CARTA DE INTENCIÓN - CENTRO CULTURAL SAN MARTÍN - CAMPEÓN ARGENTINO DE JUEGOS EN RED - AGE OF MITOLOGY
Buenos Aires, 10/10/2003
Visto el Expediente N° 63.737/2003, y
CONSIDERANDO:
Que el Centro Metropolitano de Diseño organizó oportunamente el Festival de Diseño Interactivo DIBA03, en cuyo marco tuvo lugar el Torneo de juegos en red con vistas al Mundial de Corea, que se llevará a cabo durante el corriente mes de octubre;
Que dicho Centro concretó con el World Cyber Games, empresa promotora y organizadora del mencionado torneo, una Carta de Intención tendiente a lograr el apoyo para dicho evento;
Que los juegos se llevaron a cabo en el Centro Cultural General San Martín y en Cybercafés y el acto de lanzamiento se realizó en el Centro Metropolitano de Diseño, contando con el auspicio del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Secretaría de Turismo y Deportes de la Nación;
Que del mismo emergió como campeón argentino en la categoría Age of Mitology el señor Patricio Del Olmo, DNI 33.018.202, de 16 años de edad, el que representará a la República Argentina en el Parque Olímpico de la Ciudad de Seúl;
Que teniendo en cuenta la edad del participante, resulta necesario que concurra acompañado por un mayor de edad representante de la World Cyber Games de la República Argentina;
Que obra en las actuaciones fotocopia certificada del respectivo permiso otorgado al menor en los términos del artículo 264 quater, inciso 4°, del Código Civil;
Que atento a lo manifestado, este Gobierno entiende conveniente hacerse cargo de los pasajes del menor y de su acompañante, para lo cual corresponde conceder un subsidio destinado a su adquisición;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el inciso 17) del artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Otórgase en carácter de subsidio la suma de pesos catorce mil...
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