Decreto N° 1974/03

FirmantesIbarra-Giudici-Albamonte-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición24 de Octubre de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1974/ 03

APRUEBA EL MODELO DE CONVENIO DE TENENCIA PRECARIA A SUSCRIBIRSE CON LAS PERSONAS PROPUESTAS POR LA ASOCIACIÓN DE VENDEDORES INDEPENDIENTES DE LA VÍA PÚBLICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PASEO DE COMPRAS DE CABALLITO - APROBACIÓN - ACTIVIDADES COMERCIALES - STANDS DE VENTA - PUESTOS - CESIÓN DE PREDIOS - AV. RIVADAVIA 5377 - AV. RIVADAVIA 5379 - AV. RIVADAVIA 5381 - TRANSFERENCIA DE PREDIO - CREACIÓN - PERMISOS DE USO - PLANO

Buenos Aires, 24/10/2003

Visto el Expediente N° 32.054/2003, y

CONSIDERANDO:

Que por dichos actuados tramita una nota presentada por la Asociación de Vendedores Independientes de la Vía Pública de la República Argentina (A.V.I.V.P.R.A.), cuyo número de inscripción en la Inspección General de Justicia es el 001714, mediante la cual solicitan la cesión del predio sito en avenida Rivadavia 5377/79/81, con el objeto de crear un paseo de compras;

Que mediante la firma del Acta de Transferencia correspondiente, la cual se encuentra agregada a fs. 23 del Expediente mencionado en el Visto, la Dirección General de Administración de Bienes, dependiente de la Subsecretaría de Escribanía General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires le transfirió a la Secretaría de Gobierno y Control Comunal el inmueble sito en la avenida Rivadavia 5377/79/81, entre Colpayo y Rojas (Nomenclatura Catastral: Circ. 7, Sección 45, Manzana 28; Parcela 13);

Que en dicha Acta de Transferencia la Secretaría de Gobierno y Control Comunal se compromete a destinarlo a la implementación de la propuesta de creación de lo que se denominará Paseo de Compras de Caballito, de conformidad con lo planteado en la cláusula segunda;

Que a efectos de dar cumplimiento con tales fines, se procederá a otorgar a cada uno de los miembros propuestos por la Asociación de Vendedores Independientes de la Vía Pública de la República Argentina, un permiso precario, personal, intransferible y gratuito, con destino exclusivo a la comercialización de distintos productos incluidos dentro de los rubros admitidos por el Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Buenos Aires para el ejercicio de actividades comerciales, los cuales deberán constar en el correspondiente permiso habilitante, de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el Convenio de Tenencia Precaria cuyo contenido se aprueba mediante el presente Decreto;

Que la Asociación de Vendedores Independientes de la Vía Pública de la República Argentina se compromete a hacerse cargo de la limpieza inicial del predio, el alisado de la superficie, la ejecución de instalaciones y demás obras necesarias para el funcionamiento del Paseo de Compras de Caballito, así como de afrontar los gastos emergentes de la construcción e instalación de los stands de venta, su infraestructura y equipamiento, la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil, por eventuales daños causados a personas, cosas o bienes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o de terceros y cualquier otra tarea que fuere necesaria para el adecuado funcionamiento del lugar; dentro de un plazo no mayor a los sesenta (60) días corridos;

Que a partir de la finalización de la obra correspondiente, los permisionarios serán debidamente habilitados para ingresar al lugar y dar inicio con las tareas que fueran previstas para el predio en cuestión;

Que ha tomado la intervención que le compete la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello y en uso...

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