Decreto N° 1623/03

FirmantesIbarra-Hecker-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición24 de Septiembre de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1623/ 03

DECLARA DE INTERÉS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES A CAÑITAS CREATIVA- DECLARACIÓN DE INTERÉS , CALLE BÁEZ , RECREACIÓN , TURISMO , ASOCIACIÓN VECINAL DEL BARRIO LAS CAÑITAS , ESPECTÁCULOS MUSICALES GRATUITOS , MUESTRA DE ARTE Y DISEÑO , ARTESANOS , DISEÑADORES

Buenos Aires, 24/09/2003

Visto el Expediente N° 38.878/2003 y

CONSIDERANDO:

Que por esa actuación la Asociación Vecinal del Barrio Las Cañitas solicita la Declaración de Interés del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Cañitas Creativa, que se desarrolla cinco veces al año en la calle Báez entre Clay y Dorrego;

Que el objeto del evento es brindar un espacio recreativo a los ciudadanos y turistas de la Ciudad de Buenos Aires;

Que se suma a la oferta de espectáculos musicales gratuitos en vivo la posibilidad de participar de una muestra de arte y diseño;

Que la iniciativa surgió de vecinos del barrio y se transformó en una posibilidad para que jóvenes diseñadores y artesanos expusieran sus creaciones, figurando actualmente en todas las agendas culturales de la Ciudad;

Que es un complemento adecuado para el turismo en un barrio que se ha destacado en la oferta gastronómica;

Que la solicitud de la Asociación Vecinal del Barrio Las Cañitas no conlleva pedido de exención de aranceles, tasas ni contribuciones, así como tampoco ocasiona gastos al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, consecuentemente, y en vista de lo expuesto, en el presente caso se da cumplimiento a lo determinado en la Ley N° 578 (B.O. N° 1191), motivo que justifica suficientemente brindar el estímulo a que se ha hecho acreedor un evento de tal jerarquía;

Por ello, y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo...

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