Decreto N° 1290/03
Firmantes | Ibarra-Albamonte-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 14 de Agosto de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1290/ 03
DESIGNA MANDATARIOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES EN LOS TÉRMINOS DEL DECRETO N° 42/GCBA/02, B.O. - DESIGNACIÓN DE MANDATARIOS , RICARDO CASTROGIOVANNI , SILVINA ASPRES , ERNESTO JOSÉ CROTTOGINI , MARÍA PATRICIA GARCÍA BRANDI , FIDEL SILVA , ALBERTO ANDRÉS NOTO , MARTÍN GONZÁLEZ , JUAN CARLOS BAGNAT , SUSANA GABRIELA EIS , RUTH MARÍA PERAZZA , LUISA SANDRA HAIRABEDIAN , CARLOS DANIEL SILVA , PODER A MANDATARIOS , GESTIÓN DE COBRO DE LA DEUDA FISCAL EN MORA , CERTIFICADOS DE DEUDA , COBRO DE DEUDAS TRIBUTARIAS , COBRO DE DEUDAS IMPOSITIVAS
Buenos Aires, 14/08/2003
Visto el Decreto N° 42/GCBA/02, y;
CONSIDERANDO:
Que la norma citada establece que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires otorgará poder a mandatarios a fin de efectuar la gestión de cobro de la deuda fiscal en mora y de los certificados de deuda emitidos por los Controladores de la Unidad Administrativa de Control de Faltas, los cuales deben ser designados por el Jefe de Gobierno;
Que el artículo 4° de dicha norma fija en 100 (cien) el número de mandatarios necesarios;
Que se han producido vacantes por lo que resulta indispensable efectuar la designación de sus reemplazantes;
Que los profesionales propuestos reúnen los requisitos exigidos por la norma para ser designados mandatarios;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo1° - Desígnanse mandatarios en los términos del Decreto N° 42/GCBA/02 a los profesionales que figuran en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.
El presente Decreto es refrendado por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dirección General de Rentas y a la Dirección General Administrativa...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba