Decreto N° 767/03
Firmantes | Ibarra-Giudici-Pesce-Fernández |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 9 de Junio de 2003 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
EXPROPIACIÓN DE INMUEBLES - CONVENIOS
DECRETO N° 767/ 03
APRUEBA EL CONVENIO DE AVENIMIENTO DE EXPROPIACIÓN PARCIAL DEL INMUEBLE SITO EN LA AV. DE LOS CONSTITUYENTES 5011/17/19
Buenos Aires, 09/06/2003
Visto la Ley N° 238, la Ordenanza N° 44.095/89, el Expediente N° 93.329/98, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Título V a) de la Ley citada en el visto establece el modo en que debe realizarse el avenimiento del proceso expropiatorio;
Que, por dicho actuado, tramita la expropiación parcial del inmueble ubicado en la Av. de los Constituyentes 5011/5017/5019, Unidad Funcional N° 1, identificado catastralmente como: Circunscripción: 16; Sección: 63; Manzana: 2; Parcela: 4y, inscripto en el Registro de la Propiedad del Inmueble bajo la matrícula N° FR 16-41792/1;
Que la titularidad de dominio de dicho inmueble, se encuentra en cabeza de la Sra. María Isabel Ayoub, DNI 6.238.341;
Que, el inmueble en cuestión fue declarado de utilidad pública y sujeto parcialmente a expropiación por el artículo 27 de la Ordenanza N° 44.095/89 (B.M. N° 18.717) para el ensanche de la Av. de Los Constituyentes;
Que en fecha 3 de diciembre de 2002, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el Dr. Raúl Eduardo Falconi, DNI 10.373.308, a cargo de la Dirección General de Administración de Bienes, dependiente de la Subsecretaría de Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de expropiante, suscribió con la aludida titular de dominio, en su carácter de expropiada, un Convenio de Avenimiento de Expropiación Parcial del inmueble ut supra mencionado, ad referéndum del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, a efectos de concretar la expropiación aludida corresponde dictar el correspondiente acto administrativo mediante el cual se apruebe el Convenio de Avenimiento Expropiatorio;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado debida intervención;
Por ello y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Apruébase el Convenio de Avenimiento de Expropiación parcial del inmueble sito en la Av. de Los Constituyentes 5011/5017/5019, Unidad Funcional N° 1, identificado catastralmente como Circunscripción: 16; Sección: 63, Manzana: 2; Parcela: 4y...
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