Decreto N° 65/03

FirmantesIbarra-Epszteyn-Pesce-
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición17 de Enero de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

PERMISOS DE USOS PRECARIOS Y ONEROSOS - CONVENIOS

DECRETO N° 65/ 03

APRUEBA EL MODELO DE CONVENIO DE PERMISO DE USO, PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS GASTRONÓMICOS EN POLIDEPORTIVOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Buenos Aires, 17/01/2003

Visto el Expediente N° 65.985/2002, y

CONSIDERANDO:

Que, la promoción y el fomento de todas aquellas actividades tendientes a elevar la calidad de vida de los habitantes de la Ciudad, es un objetivo primordial para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, el inicio de la Temporada de Verano 2002/2003 y la apertura de los natatorios, trajo aparejada una mayor afluencia de público a los Polideportivos, siendo de vital importancia el funcionamiento de unidades gastronómicas para satisfacer las necesidades de los usuarios;

Que, en la actualidad se encuentran en trámite de aprobación proyectos de Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, para el otorgamiento, mediante Subasta Pública, de permisos de ocupación, uso y explotación con destino a Unidades Gastronómicas en los distintos Polideportivos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Decreto N° 491/GCBA/99;

Que, habiendo dado comienzo la temporada estival y no pudiendo establecerse los plazos en que las mencionadas Subastas Públicas serán llevadas a cabo, resulta oportuno el otorgamiento de Permisos de Uso Precarios y Onerosos a fin de garantizar la efectiva prestación del servicio gastronómico en los Polideportivos durante la presente temporada;

Que, en virtud de lo expuesto la Dirección General de Deportes ha propuesto un modelo de Texto de Convenio, a suscribirse con personas físicas y/o jurídicas idóneas y habilitadas para el expendio de bebidas y alimentos;

Que, los referidos Permisos de Uso Precarios y Onerosos tendrán vigencia a partir de la fecha de suscripción de los respectivos Convenios y hasta el 30 de abril de 2003;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención de su competencia;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias (artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébase el Texto del modelo de Convenio de Permisos de Uso Precarios y Onerosos de Unidades Gastronómicas para las ubicaciones en Polideportivos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexos I y II, respectivamente, forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°

Facúltase al Señor Director General de la Dirección General Concesiones y Privatizaciones a suscribir los Convenios cuyo texto se aprueba por el artículo 1°.

Artículo 3°

El presente Decreto es refrendado por los Señores Secretarios de Medio Ambiente y...

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