Decreto N° 49/03

FirmantesStern
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición16 de Enero de 2003

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 49/ 03

DISPONE LA DESOCUPACIÓN ADMINISTRATIVA Y EL DESALOJO DE LAS PERSONAS Y BIENES QUE SE ENCUENTREN EN EL INMUEBLE DEL EX PATRONATO DE LA INFANCIA (EX PADELAI).

Buenos Aires, 16/01/2003

Visto los Decretos Nros. 680/GCBA/00, 1.621/GCBA/00, 895/GCBA/02, 1.525/GCBA/02, 1.739/GCBA/02, la Resolución N° 325/SDSOC/02, el Expediente N° 1.837/03 y;

CONSIDERANDO:

Que, ante la denuncia de existencia de riesgo potencial de desmoronamiento con peligro para las personas que ocupan el inmueble ubicado en la manzana delimitada por las calles Humberto 1°, Balcarce, Av. San Juan y Av. Paseo Colón, con ingreso por Balcarce 1110/50/70, que diera lugar a la formación del Expediente N° 51.439/02, la Secretaría de Desarrollo Social requirió a la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Buenos Aires la elaboración de un informe circunstanciado sobre tal situación;

Que, como consecuencia de dicho informe, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por Decreto N° 1.525/GCBA/02, del 15 de noviembre de 2002, dispuso instruir a la Procuración General para que realice una presentación judicial a fin de obtener la autorización jurisdiccional para la desocupación inmediata del inmueble en razón del peligro inminente de desmoronamiento. Todo ello con el objeto de garantizar, en la urgencia, el resguardo de los derechos de sus ocupantes;

Que, en los autos caratulados GCBA c/ Inmueble Balcarce 1176 s/ medida cautelar (Expediente N° 6.217/02), la Señora Magistrada, Dra. Lidia E. Lago a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires N° 7 por intermedio de la Secretaría N° 14, consideró, en su sentencia de fecha 22 de noviembre de 2002, que la Administración cuenta con facultades suficientes para actuar sin autorización jurisdiccional, pronunciamiento que, recurrido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, fue confirmado por la Sala I de la Cámara de Apelaciones Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires en sentencia de fecha 19 de diciembre de 2002 de la cual la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires quedó notificada con fecha 30 de diciembre de 2002;

Que, tanto la Señora Jueza de Primera Instancia como la Alzada coinciden en afirmar que la Administración tiene entre sus atribuciones de poder de policía (Art. 104, Inc.11 de la CCABA), la...

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